Emitió pornografía en horario de protección de menores sin respetar las prohibiciones establecidas por la ley e incurriendo en una infracción muy grave. El Pleno de hoy 13 de noviembre del Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) ha conocido el inicio de diligencias de investigación penal por parte de la Fiscalía a una televisión local. El origen de este hecho nace de la aprobación, durante el Pleno del CAA de 4 de septiembre de 2008, de la apertura de un procedimiento sancionador al operador por la emisión de pornografía en horario protegido. En concreto, se emitieron el pasado 7 de julio varias películas pornográficas entre las 06:00 horas y 08:00 horas. Según el artículo 17 de la Ley 25/1994, de 12 de julio, conocida como Ley de Televisión sin Fronteras: “La emisión de programas susceptibles de perjudicar el desarrollo físico, mental o moral de los menores sólo podrá realizarse entre las veintidós horas del día y las seis horas del día siguiente, y deberá ser objeto de advertencia sobre su contenido por medios acústicos y ópticos”. De esta manera, el operador ha incumplido con la ley al emitir pornografía dentro de la franja horaria de protección de menores que se extiende desde las 6 de la mañana a las 10 de la noche. Así mismo, durante el Pleno de hoy también se ha aprobado la apertura de otro procedimiento sancionador, en esta ocasión a la televisión local Canal 47 de las provincias de Cádiz, Córdoba y Sevilla por la emisión de publicidad de descarga telefónica de películas pornográficas, de televenta dirigida a adultos y de chat de contactos sexuales en horario protegido. Estas actuaciones son un paso más en el camino iniciado por el Consejo Audiovisual de Andalucía por conseguir el respeto de los derechos, libertades y valores constitucionales y estatutarios en el ámbito de los medios audiovisuales en Andalucía y por el cumplimiento de la normativa vigente en materia audiovisual y de publicidad. En este sentido, desde el CAA ya se han tramitado por este mismo motivo otros 5 expedientes más de los cuales dos tienen resolución condenatoria y uno ya ha hecho efectiva la sanción impuesta.