Protección de menores

Nos encargamos de que los medios respeten los derechos de los menores frente a los contenidos audiovisuales.

Este principio básico implica de forma especial a la radio y la televisión, dado su indiscutible impacto sobre personas en pleno proceso de formación.

La ley ha establecido una franja horaria de protección –entre las 6.00 y las 22.00- durante la cual, las televisiones no pueden emitir contenidos que perjudiquen el desarrollo de los menores de 18 años. Esta franja se ha reforzado entre las 7.00 y las 9.00 de la mañana, y entre 17.00 y las 20.00 horas, los días laborables. Durante los fines de semana y festivos de ámbito nacional y autonómico, la franja de protección reforzada comprende de 9.00 a 12.00 y de 17.00 a 20.00 horas. En estos tramos horarios tan solo se pueden emitir contenidos aptos para menores de 12 años.

Los medios de comunicación también están obligados a garantizar los derechos a la intimidad y al honor de los menores que aparecen en su programación en el contexto de hechos delictivos o emisiones que discutan su tutela o filiación.

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