El Consejo sancionará a las televisiones que emitan programas de videncia en horario infantil

El Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) abrirá expediente sancionador a los operadores que emitan programas de videncia y esoterismo en horario protegido después de que la nueva Ley General Audiovisual, en vigor desde el 1 de mayo, haya limitado la difusión de estos espacios a la franja horaria comprendida entre las 22 y las 7 horas. El CAA recuerda a los prestadores de servicio que el incumplimiento de esta restricción supone una infracción grave y es sancionable con multas que van desde 100.001 hasta 500.000 euros. 

Desde la promulgación de la Ley General Audiovisual, el CAA está vigilando especialmente este tipo de emisiones en horario protegido para erradicarlas de los operadores bajo su competencia. Hasta ahora, los sistemas de seguimiento y captación del CAA han detectado la emisión de programas de videncia en horario infantil en operadores de varias provincias andaluzas, por lo que se han puesto en marcha los mecanismos para su eliminación. Así, ya se ha procedido a requerir el cese de estas emisiones al operador Máquina de Sueños, S.L.-Canal SI, de la provincia de Almería.

Además, el Pleno del CAA ha acordado hoy solicitar a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información (SETSI) que adopte las medidas necesarias para impedir la difusión de videncia en horario protegido en operadores vía satélite. Se da la circunstancia de que los canales que estaban cometiendo esta infracción (de las provincias de Huelva, Málaga, Córdoba, Cádiz y Sevilla) reproducían la señal de un operador por satélite: “Vit Channel”. 

Las emisiones detectadas consistían en espacios supuestamente en directo, en los que una persona, y en ocasiones dos, ejerce la videncia por medio de cartas del Tarot y responde a las consultas de los espectadores que llaman a un número de tarificación adicional 806, sobreimpresionado en la pantalla. En este sentido, el CAA recuerda que la Ley General Audiovisual considera al operador que emita este tipo de contenidos responsable subsidiario ante cualquier fraude que se pudiera cometer a través de estos programas.

Con anterioridad a la promulgación de esta Ley, el CAA ya se había pronunciado a favor de regular y limitar la emisión de los programas de videncia. En diciembre de 2009, el CAA aprobó una decisión en la que consideraba como televenta este tipo de espacios, siguiendo la doctrina aplicada por otros reguladores internacionales, como la británica OFCOM o el Consejo Audiovisual de Grecia.

Los informes del CAA sobre las emisiones de videncia concluyen, entre otras cuestiones, que el acceso a los servicios de esoterismo que emiten los operadores se produce a través de llamadas telefónicas a números de tarificación adicional o mediante SMS Premium (de coste adicional). Se trata, por tanto, de un servicio de pago con una obvia intención de lucro.

En diciembre de 2009, los rastreos periódicos del CAA revelaban que entre un 33% y un 22% de las señales de operadores locales estaban emitiendo en horario de protección infantil contenidos de videncia y que, en algunos casos, este tipo de espacios se emitían durante las 24 horas del día.

En la actualidad, el CAA está analizando cerca de 2.500 horas a la semana de emisiones de televisión con especial atención a los horarios en los que se emiten programas de videncia, así como otros contenidos cuya emisión está prohibida en horario protegido, como es el caso de los chat de contactos sexuales. El CAA también vigila las emisiones de pornografía, cuya emisión en abierto y a cualquier hora prohíbe taxativamente la nueva Ley General Audiovisual.