El Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) ha constatado que la inserción de patrocinio en los programas informativos y de actualidad que emiten las televisiones locales andaluzas es el tipo de infracción relacionada con las emisiones de publicidad que se da con más frecuencia. Se trata de una práctica expresamente prohibida en el artículo 16 de la Ley General de Comunicación Audiovisual que regula el patrocinio televisivo, y que prohíbe su inserción en programas informativos y de actualidad.
El CAA es consciente de las dificultades que en estos momentos atraviesan los operadores de televisión de nuestra comunidad para financiarse a través de la publicidad y de que los programas informativos y de actualidad local son los que cosechan mayores índices de audiencia. Sin embargo, advierte de que insertar patrocinio en este tipo de espacios está tipificado como una infracción grave en la Ley y es sancionable con multas que oscilan entre los 100.001 y los 500.000 euros.
Por ello, el Consejo aprobó el pasado mes de julio unos criterios interpretativos sobre la regulación del patrocinio televisivo cuyo objetivo es conjugar y preservar los derechos de los prestadores de servicio de televisión a emitir comunicaciones comerciales, con el derecho de los espectadores a distinguir la publicidad de la programación, así como a no ser saturados de anuncios. El CAA también inició una serie de reuniones con los operadores locales de nuestra comunidad para informarles sobre este aspecto.
La última actuación del CAA en este sentido ha consistido en la estimación de dos quejas recibidas en la Oficina de Defensa de la Audiencia por la emisión de patrocinio en los informativos del operador municipal Onda Jaén. El Consejo analizó las emisiones de los informativos de Onda Jaén correspondientes a cinco días del pasado mes de abril y verificó en todas ellas la inserción de logotipos de marcas patrocinadoras al final del informativo con el rótulo “agradecimientos”. En tres casos, la inserción de estos logotipos ha se detectó durante la emisión de la última noticia y en dos ocasiones sobre la imagen de cierre del plató del informativo.
No obstante, en su decisión de estimar las quejas, el Consejo ha optado por no sancionar al operador municipal al tener en cuenta sus alegaciones. Onda Jaén dejó de emitir patrocinio en sus servicios informativos cuando le fueron comunicadas ambas quejas. El CAA también ha valorado el hecho de que la infracción se produjo antes de la aprobación y difusión de los criterios orientadores publicados por el Consejo.
El Consejo ha abierto la interlocución con los prestadores de servicio de televisión para que hagan uso de este tipo de comunicaciones comerciales de acuerdo a lo establecido en la Ley, y en el Real decreto 1624/2011, que en su artículo 13 especifica los tipos de programas en los que no se admite patrocinio: “no se admitirá patrocinio en los programas de contenido informativo de actualidad. Se entiende por programa informativo de actualidad el equivalente a un telediario o un boletín de noticias, incluidos los programas de investigación o reportajes sobre las noticias políticas o económicas de actualidad”.
Tal y como figura en los criterios aprobados por el CAA y difundidos a las televisiones andaluzas, la inserción de patrocinio sí está permitida en el bloque de la información meteorológica y en el bloque de la información deportiva si, aunque formen parte del telediario, se estructuren como una entidad autónoma y, siempre que se separen con cortinillas y otros efectos visuales y auditivos que permitan al espectador percatarse. No se puede incluir patrocinio en secciones del tipo “la noticia del día” o “la noticia cultural” ni en los titulares.
El Consejo ha detectado un mal uso del patrocinio por parte de algunas televisiones locales andaluzas a la hora de contratar y presentar el patrocinio en sus programas, de ahí que se haya emprendido un diálogo con el sector para erradicar prácticas como patrocinar “la noticia cultural”, “la noticia del día” o los titulares del informativo. También se ha detectado la emisión de anuncios o diferentes tipos de mensajes publicitarios presentados como formas de patrocinio, algo que no permite la normativa.
El objetivo de la legislación europea al establecer una serie de requisitos para que las empresas promocionen su nombre, imagen, marca o productos financiando programas concretos, persigue garantizar que la financiación de un programa no condicione la independencia editorial ni afecte a su contenido y que el público esté claramente informado de la existencia de un acuerdo comercial.