El Pleno del Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) ha estimado una queja por emisión de publicidad institucional ilícita en Onda Cádiz y ha requerido al operador que deje de emitir comunicaciones comerciales en las que se ensalzan los logros de gestión del Ayuntamiento de la ciudad. Este tipo de comunicaciones, cuya emisión en el operador municipal constató el CAA, están prohibidas expresamente por la Ley.
El CAA recuerda además al operador público su obligación de señalizar todos los mensajes publicitarios que emite, tras comprobar que algunas de las inserciones de comunicaciones comerciales que se difundieron en las retransmisiones del Carnaval de Cádiz, en febrero de este año, no se acompañaron de ninguna leyenda que advirtiera al espectador de que estaba ante publicidad.
Tras la recepción de la queja en la Oficina de Defensa de la Audiencia, los servicios técnicos del Consejo realizaron un muestreo aleatorio de las emisiones de Onda Cádiz los días 9 y 10 de febrero, en los que localizó diversos contenidos publicitarios de carácter institucional presentados dentro de bloques publicitarios y como faldones insertados en las retransmisiones del carnaval. En ambos casos, se trataba de publicidad del Ayuntamiento de Cádiz que destacaba logros de gestión del gobierno local.
Los anuncios, de entre 30 y 40 segundos, consisten en imágenes de infraestructuras y construcciones realizadas por el Ayuntamiento, o bien logros de los servicios sociales que se narran por una voz en off. En total, se han localizado seis tipos de anuncios y todos ellos arrancan con la frase “A pesar de la crisis, seguimos mejorando nuestra ciudad”, y terminan con el lema “Con el Ayuntamiento de Cádiz, sí”.
Uno de los días analizados, el 9 de febrero, se detectaron nueve emisiones en el operador público. Uno de los anuncios reza así: “A pesar de la crisis seguimos mejorando nuestra ciudad. Hemos rehabilitado la Iglesia de la Palma. Hemos duplicado el punto limpio móvil. Hemos remodelado las fuentes, cascadas y paseo central del Parque Genovés. Hemos urbanizado el Campo del Sur. Hemos reurbanizado la avenida Guadalquivir. Hemos mejorado la Plaza Mentidero. Con el Ayuntamiento de Cádiz, sí”.
En las emisiones del día siguiente, se localizaron también faldones insertados en la parte inferior de la pantalla durante la retransmisión de los carnavales. Estas comunicaciones institucionales, que no se identificaban explícitamente como publicidad, se estructuraban en tres partes. Primero aparecía la leyenda: “A pesar de la crisis, CÁDIZ MEJORA”, luego se citaba un logro destacado y terminaba con “Ayuntamiento de Cádiz”. Estas inserciones permanecían en pantalla 18 segundos, y en el tiempo analizado se localizaron 13 emisiones.
La Ley estatal prohíbe campañas de autobombo con dinero público
En sus alegaciones, Onda Cádiz, esgrimió un artículo de la Ley andaluza de 6/2005 que regula la actividad publicitaria de las administraciones públicas, que en el apartado i) señala que este tipo de publicidad está destinada, entre otras cuestiones, a informar, con carácter general, sobre los proyectos y resultados en la gestión pública.
Sin embargo, el Consejo recordó al operador público que el artículo 4.1.a de la Ley estatal 29/2005 de Publicidad y Comunicación Institucional prohíbe expresamente promover o contratar campañas institucionales de publicidad o comunicación que tengan como finalidad destacar los logros de gestión y los objetivos alcanzados por las administraciones públicas. Al tratarse de una ley básica, esta disposición prevalece sobre lo previsto en la legislación andaluza.
Esta prohibición persigue que la publicidad institucional, financiada con dinero público, no se utilice como instrumento de propaganda de quien gobierna, sino que solo se utilice para informar a los ciudadanos de los servicios públicos que prestan y de todo aquello necesario para que ejerzan sus derechos y cumplan sus deberes.
En este caso, el CAA considera que no se cumple esta premisa sino que, por el contrario, tiene como finalidad única destacar la gestión desarrollada por el Ayuntamiento, mejorando con ello su imagen institucional. Por ello, se recuerda a Onda Cádiz que la emisión de este tipo de publicidad constituye una infracción grave de la Ley, sancionable con multas de entre 100.001 y 500.000 euros.
No es la primera vez que el Consejo se pronuncia sobre la emisión de este tipo de publicidad por parte de Onda Cádiz. En 2007, y con motivo de una campaña similar que usaba el mismo lema que la que ahora se ha analizado, el CAA comunicó al operador público que lo estipulado en la Ley básica prevalece sobre la autonómica.
El Consejo también ha advertido al operador público que la Ley General de Comunicación Audiovisual le obliga a señalizar todos los mensajes publicitarios que difunda durante las retransmisiones de acontecimientos como el Carnaval, mediante la superposición permanente y legible de una transparencia con la palabra “publicidad” durante todo el tiempo que dure el mensaje publicitario.