Expediente sancionador 02/2014 a Onda Cádiz por la emisión de comunicaciones comerciales de bebidas alcohólicas con un nivel superior a veinte grados

El CAA ha decidido declarar como responsable de la comisión de una infracción administrativa tipificada como grave en la Ley General de la Comunicación Audiovisual (LGCA)  a ONDA CÁDIZ como responsable de la emisión de comunicaciones comerciales que fomentan comportamientos nocivos para la salud. La referida ley prohíbe en todo caso la publicidad de bebidas alcohólicas con un nivel superior de veinte grados. Asimismo, ha resuelto imponer a ONDA CÁDIZ una multa de CIENTO TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA EUROS (137.240 €), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60, apartado 2 de la LGCA.