Motivo de queja
El Consejo Audiovisual de Andalucía recibió el 31 de octubre de 2014 una queja referida a la emisión de un contenido publicitario de carácter institucional de la Junta de Andalucía en el prestador privado 8TV Cádiz (Comunicaciones Canal 19 S.L.). La queja considera que dicho contenido podría ser ilícito, ya que se ensalzan logros de la administración, algo expresamente prohibido por la ley. Asimismo, la queja expresa que se trata de una clara publicidad política, al comparar la gestión de la Junta de Andalucía con la del Gobierno de España.
Acuerdo adoptado
………………. El Consejo Audiovisual ha decidido requerir a la entidad Comunicaciones Canal 19 S.L. 8TV Cádiz el cese de la publicidad institucional que resalta logros de la Junta de Andalucía, de conformidad con el artículo 61.2 párrafo segundo, por tratarse de publicidad prohibida, de acuerdo con el artículo 18.7 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA). También se ha decidido advertir de que la publicidad institucional que destaque los logros de gestión o los objetivos alcanzados por las administraciones públicas está prohibida. De no atender tal requerimiento, el prestador de servicio de comunicación audiovisual podría incurrir en una infracción administrativa, por incumplimiento de una decisión de la autoridad audiovisual.