El Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) ha presentado alegaciones al proyecto de Real Decreto de Comunicaciones Comerciales de Juego y de Juego Responsable, cuya redacción actual considera insuficiente y con “notables carencias”. Para el CAA, la publicidad de las actividades de juego y apuestas requiere medidas análogas a las que rigen para la publicidad de las bebidas alcohólicas y del tabaco, y advierte de que las numerosas excepciones “ad hoc” contenidas en el Real Decreto no garantizan la protección efectiva de los menores de edad ante una actividad que genera una adicción patológica, como es la ludopatía.
En primer lugar, el Consejo propone extremar las garantías de cumplimiento de uno de los artículos del Real Decreto, el que establece el principio de identificación de las comunicaciones comerciales y del anunciante, a través de un régimen sancionador que en la actualidad no aparece en el articulado. Esta petición responde al hecho de que el 96% de la publicidad de juegos y apuestas online emitida en radio se insertan en el discurso narrativo de los locutores de las emisoras, según revela un informe sobre este tipo de anuncios realizado por el CAA.
Por ello, incide en extremar la vigilancia de esta distinción entre contenido y publicidad durante las retransmisiones de los acontecimientos deportivos, para que estos anuncios dejen de aparecer integrados en la narración o los diálogos.
Otra de las mejoras propuestas se centra en la concreción y desarrollo normativo de conceptos como “responsabilidad social” y “juego responsable” recogidos en el Real Decreto como requisitos o mensajes que deben incluir estos anuncios. El CAA plantea concretar en el texto legal ambos conceptos para evitar “interpretaciones” a la prohibición –ahora genérica- de asociar, vincular o relacionar las actividades del juego con ideas o comportamientos que expresen éxito personal, familiar o social.
Asimismo, rechaza la excepción prevista en el Real Decreto sobre la inclusión del mensaje “juega con responsabilidad” en los anuncios en radio: “En el caso de servicios de comunicación audiovisual radiofónica, el mensaje podrá omitirse siempre que ello se compense mediante campañas o piezas en el mismo medio y programa en el que se inserte la comunicación (…)”. Para el Consejo, este mensaje no puede omitirse ni compensarse en ningún caso, sino que su difusión deberá adaptarse a las características de cada medio de comunicación.
Otra excepción prevista en el Real Decreto que ha provocado alerta en el Consejo está relacionada con la aparición de personas famosas realizando anuncios de actividades de juego. El artículo 10.4 del proyecto presentado por el Gobierno prohíbe la aparición en estos anuncios de “personas o personajes famosos o de relevancia o notoriedad pública, reales o de ficción, que tengan un atractivo especial y diferenciado para el público infantil o juvenil”.
Deportistas de élite en anuncios, evocación del éxito
El mismo artículo establece una excepción: “únicamente será admisible la aparición de personas o personajes famosos o de relevancia o notoriedad pública en las comunicaciones comerciales cuando los mismos protagonicen un mensaje de juego responsable en la propia comunicación comercial y, adicionalmente, en la comunicación comercial no se haga una asociación directa entre la actividad de juego y el éxito, relevancia o notoriedad de aquellos”.
El Consejo rechaza esta excepción al considerar que la aparición de personajes de notoriedad o fama realizando anuncios de juego serán, “sin la más mínima duda” en el caso de deportistas de élite y con una gran probabilidad en el caso de otras personas o actividades, asociadas al éxito, relevancia o notoriedad de esos personajes. Por lo tanto, estima el CAA, esa excepción es una posibilidad real y prácticamente segura de que la protección de los menores que se pretende no será efectiva.
Sobre el acceso de los menores a esta publicidad, el Consejo considera que su emisión ha de prohibirse en todo caso en horario de protegido (entre las 6 y las 22 horas) en radio y televisión. El Real Decreto, que la prohíbe en horario protegido, sí permite su emisión durante las retransmisiones en directo de acontecimientos deportivos o hípicos, sea o no en horario protegido, cuando los anuncios sean de apuestas sobre el acontecimiento o la competición que se está emitiendo.
Anuncios de “apuestas durante”, quiebra total y evidente de la protección
Esta salvedad resulta “especialmente grave” para el CAA porque, advierte, “supone la posibilidad de que en horario de protección se emitan en programas de seguimiento masivo, comunicaciones comerciales que incitan a apostar, con posibilidad de apostar pequeñas cantidades, con resultados inmediatos y con una forma tecnológicamente al alcance de muchísimos menores”.
La publicidad de apuestas “durante” los acontecimientos deportivos tal y como las regula el proyecto de Decreto suponen una “quiebra total y evidente” de la protección a los menores en esta actividad, sostiene el Consejo. El CAA considera que el principio de prudencia y primacía de superior interés del menor requiere una regulación prescriptiva y limitativa en la que se establezcan condiciones y prohibiciones específicas en aras a la protección de los colectivos más vulnerables y, especialmente, de los menores.
A pesar de estas observaciones de alcance al proyecto de Real Decreto, el Consejo lo considera un avance importante respecto a la situación actual, en la que la publicidad de juegos y apuestas se somete a un código de autorregulación voluntario. Y considera que da respuesta a una decisión del CAA aprobada a finales del pasado año en la que consideraba urgente afrontar mediante una ley la regulación de este tipo de publicidad.