El 87% de las emisiones de las televisiones sin licencia son contenidos comerciales que incumplen la legislación, según un informe del CAA

El Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) ha constatado que las televisiones que emiten sin licencia difunden fundamentalmente contenidos de carácter comercial, hasta el 87% de todos sus emisiones que, en su mayor parte, incurren en el incumplimiento de la legislación vigente por su naturaleza (videncia, publicidad de productos milagro y contenidos pornográficos asociados a servicios telefónicos). Con la entrada en vigor de la Ley Audiovisual de Andalucía, el pasado mes de octubre, está prohibido contratar publicidad en los canales de televisión que no tengan licencia.

El nuevo marco legal implica además que el Consejo asume nuevas competencias en materia de inspección y sanción por los contenidos que vulneran ley en estos canales pirata. Por ello, ha trasladado los resultados de este informe específico sobre las emisiones de los canales ilegales a la Dirección General de Comunicación Social de la Junta de Andalucía, solicitando su colaboración para identificar a los responsables de las mismas, con el fin de abrir los correspondientes expedientes sancionadores.

Dicho informe abarca 444.307 horas de contenidos de televisión y radio emitidos en 2018, de los que el 83,5% se corresponden con emisiones de TDT en 181 frecuencias. De éstas, casi la mitad, 85, operan sin licencia (el 47%). Los contenidos de estas televisiones son, como se ha dicho, fundamentalmente de carácter comercial: casi nueve de cada diez minutos de sus emisiones están destinados a la obtención de recursos. Sin embargo, la Ley General de Comunicación Audiovisual fija el tope en 12 minutos por hora natural de publicidad para las televisiones.

En este sentido, el Consejo ha expresado en reiteradas ocasiones su preocupación ante el fenómeno de la ocupación ilegal de frecuencias de TDT, al tratarse de una grave amenaza para un sector integrado por pequeñas empresas sujetas a un marco legal estricto. Las televisiones pirata representan además un riesgo para la población vulnerable, como los menores de edad, pues la mayor parte de sus contenidos infringen en mayor o menor medida la legislación.

El CAA destaca que combatir los canales ilegales es una tarea compleja que exige una estrecha y fluida cooperación institucional y ciudadana. Por ello, explica, la Ley Audiovisual andaluza prohíbe de forma contundente cualquier comunicación comercial en estos canales. Esta prohibición se extiende a los anunciantes, las agencias de publicidad, las agencias de medios o terceras personas que realicen cualquier acto que posibilite la inclusión y difusión de dicha publicidad, y prevé multas que pueden alcanzar los 20.000 euros.

El informe técnico del Consejo ha considerado como contenidos publicitarios espacios como la videncia -que representan el 57% del tiempo de emisión- o la pantalla dividida con chats (13%), vídeos musicales o imágenes eróticas, puesto que su finalidad es la venta de servicios o productos por teléfono. Asimismo, la mitad de la escasa programación que difunden son espacios de naturaleza religiosa, difundido por televisiones temáticas confesionales.

En el análisis se han encontrado 57 posibles infracciones de la ley en 36 frecuencias: 27 de ellas (el 47%) por emisión de videncia en horario no permitido, 21 por diferentes infracciones, sobre todo emisión de publicidad de productos m8ilagro (37%) y 9 alertas por emisión de contenidos pornográficos (el 16%).

Consulta el Informe del CAA sobre la publcidad emitida por televisiones sin título habilitante

Consulta la Decisión del CAA sobre las emisiones publicitarias en televisiones sin licencia