Informe jurídico sobre el alcance y delimitación de las funciones de mediación atribuidas al Consejo Audiovisual de Andalucía

La Ley 1/2004, de 17 de diciembre, de creación del Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) establece entre sus competencias la de ejercer labores de mediación entre las instituciones, los agentes del sistema audiovisual y la sociedad. Ante la falta de una regulación expresa que desarrolle las meras previsiones de esta ley y del Reglamento Orgánico y de Funcionamiento del CAA y la falta de normas que regulen la mediación ejercida por las administraciones públicas, este informe considera traer a colación la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, por la cual no procede mediar cuando los derechos y obligaciones controvertidos se encuentren regulados por el derecho positivo, puesto que precisamente esta circunstancia conlleva que queden excluidos del ámbito de libre disposición de las partes.

No obstante, el informe concluye igualmente que habrá que estar al caso concreto para determinar si el objeto controvertido es susceptible de sometimiento a mediación del CAA.

 

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