El Consejo puede sancionar a las televisiones y las radios en su ámbito de competencias que emiten contenidos o publicidad no permitidos en la normativa audiovisual.
La mayoría de las sanciones impuestas por el Consejo lo han sido por emitir en horario de protección infantil – de 6h a 22h – programas susceptibles de perjudicar el desarrollo físico, mental o moral de los menores.
Según la Ley General de la Comunicación Audiovisual las infracciones pueden ser leves, graves y muy graves.
Las multas varían en función de la gravedad de la infracción y del soporte en el que se emita el contenido o la publicidad pudiendo alcanzar el millón de euros en caso de infracciones muy graves.
Cuadro explicativo de multas
Hasta el momento el Consejo ha abierto un total X expedientes sancionadores y resuelto con sanción de XX de ellos.
Cuadro de balance de expedientes sancionadores anual (2008,2009 y 2010)