Información Presupuestaria
Recursos económicos
Según el artículo 17 de la LEY 1/2004, de 17 de diciembre, de creación del Consejo Audiovisual de Andalucía la financiación del Consejo Audiovisual de Andalucía se hará con cargo a los siguientes recursos:
- Las asignaciones presupuestarias establecidas en el Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Las subvenciones que le sean concedidas.
- Los rendimientos de las publicaciones, estudios y demás actuaciones del Consejo.
- Contraprestaciones derivadas de los convenios firmados por el Consejo.
- Los rendimientos de los bienes o valores de su patrimonio.
- Cualesquiera otros que pudiera recibir en base a la normativa que le sea de aplicación.
Régimen presupuestario y control
Según el artículo 17 de la LEY 1/2004, de 17 de diciembre, de creación del Consejo Audiovisual de Andalucía su régimen presupuestario y control:
- Corresponde al Consejo Audiovisual de Andalucía aprobar el anteproyecto de su presupuesto, que se incorporará como sección al Anteproyecto de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- El Consejo Audiovisual de Andalucía estará sometido al régimen de presupuestos establecido por la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y por las Leyes del Presupuesto de cada ejercicio.
- El Consejo Audiovisual de Andalucía está sometido al régimen de intervención y contabilidad, de acuerdo con lo establecido en los Títulos V y VI de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como a las demás determinaciones establecidas al respecto en la citada Ley y disposiciones que la desarrollan.
Presupuestos del ejercicio 2024
Capítulo de Gasto | Crédito Inicial |
I Gastos de Personal | 3.045.971,00 € |
II Gastos corrientes en bienes y servicios | 1.004.087,00 € |
VI Inversiones reales | 665.000,00 € |
Total | 4.715.058,00€ |