El Pleno del CAA aprobó en su reunión del 31 de octubre de 2012 requerir a los prestadores del servicio de comunicación televisiva Teleisla y Onda Azul el cese de los anuncios de televenta del 'Té chino del Dr. Ming', al quedar acreditado que se trata de comunicaciones comerciales ilícitas, según lo dispuesto en la regulación de productos con pretendida finalidad sanitaria y productos milagro.
El incumplimiento de este acuerdo puede conllevar la apertura de expediente sancionador por infracción grave, sancionable con multa de 100.001 hasta 500.000 euros.
Con carácter general, el Consejo también quiso advertir en esta decisión a los prestadores de servicios de comunicación audiovisual de que -de acuerdo con el Real Decreto 1907/1996, de 2
de agosto, sobre Publicidad y Promoción Comercial de Productos, Actividades o Servicios con Pretendida Finalidad Sanitaria– se prohíbe cualquier tipo de publicidad o promoción directa o indirecta de productos, materiales, sustancias, energías o métodos que sugieran propiedades específicas adelgazantes o contrala obesidad, que utilicen el término natural como característica vinculada a pretendidos efectos preventivos o terapéuticos y que pretendan aporten testimonios de profesionales sanitarios, de personas famosas o conocidas por el público o de pacientes reales o supuestos, como medio de inducción al consumo.
El Consejo Audiovisual de Andalucía muestra, además, su preocupación porque estos anuncios de televenta de productos supuestamente adelgazantes que promueven el culto al cuerpo y el rechazo a la autoimagen se hayan emitido en horario infantil, entre las 6 y las 22 horas.