El Pleno del CAA aprobó en su reunión del 13 de noviembre de 2012 requerir al prestador del servicio de comunicación Canal Luz Huelva el cese de los anuncios de televenta del 'Té chino del Dr. Ming', al quedar acreditado que se trata de comunicaciones comerciales ilícitas, según lo dispuesto en la regulación de productos con pretendida finalidad sanitaria y productos milagro.
El incumplimiento de este acuerdo puede conllevar la apertura de expediente sancionador por infracción grave, sancionable con multa de 100.001 hasta 500.000 euros.
Con carácter general, el Consejo también quiso advertir en esta decisión a los prestadores de servicios de comunicación audiovisual de que -de acuerdo con el Real Decreto 1907/1996, de 2
de agosto, sobre Publicidad y Promoción Comercial de Productos, Actividades o Servicios con Pretendida Finalidad Sanitaria– se prohíbe cualquier tipo de publicidad o promoción directa o indirecta de productos, materiales, sustancias, energías o métodos que sugieran propiedades específicas adelgazantes o contrala obesidad, que utilicen el término natural como característica vinculada a pretendidos efectos preventivos o terapéuticos y que pretendan aporten testimonios de profesionales sanitarios, de personas famosas o conocidas por el público o de pacientes reales o supuestos, como medio de inducción al consumo.
El Consejo Audiovisual de Andalucía, además, remitirá este acuerdo al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, a la Consejería de Salud y Bienestar Social de la Junta de Andalucía y a la Consejería de Salud de Administración Local y Relaciones Institucionales, a la
que está adscrita la Dirección General de Consumo, por si procediera adoptar en
el ámbito de sus competencias alguna medida sobre la comercialización del
producto, la protección de la salud de los consumidores y el control de la
publicidad para que se ajuste a criterios de veracidad.
El acuerdo se remitirá asimismo a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información (SETSI), adscrita al Ministerio de Industria, Energía y Turismo, por si procediera adoptar alguna medida ante la posibilidad de que prestadores de servicio de comunicación audiovisual no sujetos a las competencias del Consejo Audiovisual de Andalucía estén emitiendo anuncios de televenta del 'Te chino del Dr. Ming' prohibidos al comercializarse
como producto milagro.