El Consejo ha decidido requerir al prestador local Una Bahía Algeciras el cese de la publicidad institucional que resalta logros del Ayuntamiento de Cádiz, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/2005, de Publicidad y Comunicación Institucional, de carácter básico. De acuerdo con lo establecido en el artículo 18.7 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, la comunicación comercial audiovisual está supeditada a las prohibiciones previstas en esta ley y, también, a las prohibiciones previstas en el resto de normativa relativa a la publicidad. El incumplimiento de este acuerdo puede conllevar la apertura de expediente sancionador por infracción grave por incumplimiento de lo dispuesto en el art. 61.2 de la citada Ley, sancionable con multa de 100.001 hasta 500.000 euros.