El CAA ha decidido requerir al prestador local Antonio García Toribio, encargado de la gestión de Canal 45, de la demarcación de la TDT de Andújar, el cese de las comunicaciones comerciales de naturaleza política, de conformidad con el artículo 61.2 párrafo segundo, por tratarse de publicidad prohibida de acuerdo con el artículo 18.6 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA). También se ha decidido advertir a Antonio García Toribio (Canal 45 de Andújar) de que la publicidad de naturaleza política está prohibida, salvo en los supuestos previstos por la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General. De no atender tal requerimiento, el prestador de servicio de comunicación audiovisual podría incurrir en una infracción administrativa, por incumplimiento de una decisión de la autoridad audiovisual.