Decisión 51/2014 por la que se requiere a Costa Noroeste TV Jerez el cese la publicidad de vinos en horario no permitido

El CAA ha decidido requerir a T.D.T.L. Costa Noroeste, S.L. (Costa Noroeste TV) el cese de la publicidad de vinos fuera del horario permitido, por tratarse de publicidad prohibida de conformidad con el artículo 18.3 d) de la Ley General de Comunicación Audiovisual. También se ha decidido advertir a T.D.T.L. Costa Noroeste, S.L. (Costa Noroeste TV) de que la publicidad de vinos está prohibida, salvo en la franja horaria establecida para ello en la LGCA, que comprende desde las 20:30 hasta las 6 horas. De no atender este requerimiento, podría incurrir en una infracción administrativa por incumplimiento de una decisión de la autoridad audiovisual.

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