Decisión 11/2015 por la que se requiere el cese de comunicaciones comerciales de vinos en horario no permitido al prestador privado Ondaluz Sevilla

El CAA ha decidido advertir a Producciones Antares Media, S.L. (Ondaluz Sevilla) de que la publicidad de vinos está prohibida, salvo en la franja horaria establecida para ello en el artículo 18.3 d) de la LGCA, que comprende desde las 20,30 horas y las 6 horas del día siguiente. Por tanto, el prestador deberá cesar y se abstendrá de realizar emisiones como las analizadas.

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