Decisión 26/2015 en relación al cumplimiento del pluralismo político en los informativos de las televisiones públicas municipales

El CAA ha constatado el reiterado incumplimiento del principio de pluralismo político por parte de algunos prestadores públicos locales, al existir un claro desequilibrio en el reparto de los tiempos de voz concedidos a los representantes de los distintos grupos políticos que configuran las respectivas corporaciones municipales. Los resultados obtenidos en los informes periódicos que realiza el CAA nos permiten ratificar que determinados prestadores favorecen a los equipos de gobierno frente a la práctica marginación de la oposición, cuyos porcentajes de tiempo de palabra resultan estadísticamente despreciables.

En este sentido, el Consejo ha decidido recordar a los prestadores locales del servicio audiovisual en Andalucía que tienen la obligación de respetar el derecho de la ciudadanía a tener una información políticamente plural en virtud del ordenamiento jurídico existente y en cumplimiento de lo recogido en la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía para Andalucía y la Ley General de la Comunicación Audiovisual.
 

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