Decisión 49/2015 por la que se requiere a 8TV Chiclana el cese de comunicaciones comerciales del ‘Té de piña del Dr. Ming’ que atribuyen propiedades sanitarias a este producto

El Consejoi Audiovisual de Andalucía ha decidido requerir a Comunicaciones Canal 19, S.L. (8TV Chiclana) el cese de publicidad de productos con pretendida finalidad sanitaria, por constituir comunicaciones comerciales ilícitas, según lo dispuesto en el Real Decreto 1907/1996, de 2 de agosto, sobre publicidad y promoción comercial de productos, actividades o servicios con pretendida finalidad sanitaria, por remisión de la LGCA.

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