DECISIÓN 33/2017 por la que se requiere el cese de contenidos pontencialmente perjudiciales para menores en horario no permitido al prestador Bom TV

Requerir al prestador autonómico andaluz Bom TV el cese de la emisión en el programa Punto de luz de contenidos potencialmente perjudiciales para menores en horario no permitido por el artículo 7.2 de la LGCA y advertirle de que los contenidos del programa Punto de luz requieren una calificación restringida a los mayores de 18 años, y que la LGCA solo permite su emisión entre las 22 y las 6 horas.

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