Reiterar a la entidad TDT Estepona, Manilva, Casares y Benahavís, S.L. (Canal 43) la advertencia de que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 14.4 de la LGCA, la transmisión de programas informativos televisivos no podrá ser interrumpida por mensajes publicitarios si su duración es inferior a treinta minutos.