Decisión 32/2018 por la que se requiere a Andalucía TV sobre la emisión de comunicaciones comerciales sin señalizar

Requerir a la RTVA (Andalucía TV) que extreme la cautela en cuanto a la emisión de mensajes publicitarios sin señalizar insertados en programas radiofónicos, cuando estos se retransmitan en televisión, puesto que, con relación a la emisión de ciertas comunicaciones comerciales en el medio televisivo, el artículo 14 de la LGCA impone a los prestadores la obligación de señalizarlas, mediante la superposición permanente y legible de una transparencia con la indicación “publicidad”, que debe permanecer todo el tiempo que dure el mensaje publicitario.

Consulte decision en PDF