Decisión 22/2020 por la que se requiere el cese de contenidos potencialmente perjudiciales para menores en horario no permitido al prestador Mezquita TV

El Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) ha decidido requerir a Mezquita Comunicación Group S.L. (Mezquita TV) el cese de la emisión de contenidos potencialmente perjudiciales para menores en horario no permitido por el artículo 7.2 de la Ley General de la Comunicación Audiovisual (LGCA) y los artículos 8 y 32 de la Ley Audiovisual de Andalucía (LAA).También se le advierte de que  durante las franjas horarias de protección reforzada de menores no deben incluirse contenidos calificados como no recomendados para menores de 12 años.

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