El Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) ha requerido a la entidad T.D.T.L. Costa Noroeste, S.L. (Costa Noroeste TV) el cese de la
publicidad de bebidas alcohólicas de menos de 20 grados fuera del horario permitido, por tratarse de publicidad prohibida de conformidad con el artículo 18.3 d) de la Ley General de la Comunicación Audiovisual (LGCA). También se advierte a la cadena de que la emisión de este tipo publicidad fuera de la franja horaria comprendida entre las 20.30 horas y las 6 horas del día siguiente podrá dar lugar a la incoación del correspondiente procedimiento sancionador y a la imposición de una sanción de hasta 80.000 euros.