Decisión 16/2022 por la que se requiere al prestador televisivo Mijas 3.40 el cese de comunicaciones comerciales de Kolbex que atribuyen propiedades sanitaria a este producto

El Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) ha requerido a la entidad Agrupación Radiofónica, S.A. (Mijas 3.40) el cese de publicidad de productos con pretendida finalidad sanitaria, por constituir comunicaciones comerciales ilícitas, según lo dispuesto en el Real Decreto 1907/1996, de 2 de agosto, sobre publicidad y promoción comercial de productos, actividades o servicios con pretendida finalidad
sanitaria, por remisión de la Ley General de la Comunicación Audiovisual (LGCA). Se trata, en concreto, del producto Kolbex, al que se atribuyen propiedades para solucionar los dolores articulares. También ha decidido el CAA remitir esta decisión al Ministerio de Sanidad, a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y a la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía, así como a la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC), por si procediera adoptar alguna medida ante la posibilidad de que prestadores no sujetos a las competencias del Consejo Audiovisual de Andalucía estén emitiendo también comunicaciones comerciales de estos productos.