El Consejo Audiovisual de Andalucía, a propuesta de la Comisión de Contenidos celebrada el 5 de septiembre de 2024, acuerda requerir a la entidad 8 TV provincia de Cádiz, S.L. (8 TV Chiclana y La Janda) el cese de comunicaciones comerciales que contengan elementos publicitarios de bebidas alcohólicas con un nivel igual o inferior a veinte grados, fuera de la franja comprendida entre las 20:30 y las 5:00 horas, en virtud del artículo 123.5 de la LGCA.