El Consejo Audiovisual de Andalucía, a propuesta de la Comisión de Contenidos celebrada el 5 de septiembre de 2024, acuerda requerir a la entidad G&M Difusión, S.C.A. (Telécija) el cese de las emisiones, fuera de la franja comprendida entre las 1:00 y las 5:00 horas, que contengan elementos publicitarios de bebidas alcohólicas con un nivel superior a veinte grados; así como el cese de aquellas con publicidad de bebidas con graduación igual o inferior a veinte grados fuera de la franja comprendida entre las 20:30 y las 5:00 horas, por tratarse en ambos casos de publicidad prohibida por el artículo 123 de la LGCA.