¿Por qué puede solicitar información pública al Consejo Audiovisual?La Ley 1/2014 de 24 de junio de Transparencia Pública de Andalucía establece la publicación activa por parte de los poderes públicos de la información recogida en su Titulo II, y que usted puede consultar en este Portal de Transparencia. Establece además el derecho a acceder a la información pública y promueve la implantación de un mecanismo para que la ciudadanía, las entidades públicas o privadas, asociaciones, organizaciones y cualquier otra persona jurídica pueda solicitar información pública que no hubiese sido incluida dentro de la categoría de publicación activa. ►Vea la ficha del procedimiento de solicitud para saber más sobre cómo funciona |
|
¿Puede solicitar información en papel?Por supuesto, de dos formas: Solicitar información por escrito y presentarla en persona en un registro habilitadoCumplimente el formulario siguiente, fírmelo y remítalo al Consejo Audiovisual de Andalucía a través de cualquier registro administrativo u oficina de correos (ver abajo dónde tiene el registro más cercano). ►Descargue el formulario para cumplimentarlo, grabarlo y/o imprimirlo Solicitar información por escrito y presentarla a través del Portal de Atención a la CiudadaníaCumplimente el formulario anterior y guárdelo en su ordenador. Diríjase luego al enlace del Portal de Atención a la Ciudadanía de la Junta de Andalucía y siga las instrucciones que se le proporcionarán para presentar por internet el formulario cumplimentado. ►Acceso al Portal de Atención a la Ciudadanía para firmar y enviar formulario NOTA: El formulario puede ser cumplimentado desde su ordenador, aunque esta característica tiene que ver con el visor de documentos PDF que tenga instalado. Haga clic aquí para ir a la página de Adobe System Software© y descargar un visor compatible si lo necesita. Igualmente, si desea presentar el formulario a través del Portal de Atención a la Ciudadanía deberá contar con certificado digital o DNI-e vigente y cumplir los requisitos técnicos que se indican en el mencionado portal.
|
|
¿Se puede solicitar información on-line?Conforme a la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos usted puede acceder a la Ventanilla Electrónica de la Junta de Andalucía, y ya dentro de la pantalla del Consejo Audiovisual e iniciar la Solicitud Electrónica de información Pública. ►Acceso a la Ventanilla Electrónica de la Junta de Andalucía para iniciar el trámite electrónico |
|
¿Dónde puede presentar la solicitud en papel?En cualquier registro administrativo de la Junta de Andalucía, Administración Central o Local, en las Oficinas de Correos y por supuesto en nuestra sede (Ver datos de contacto con el Consejo Audiovisual). Localice el registro administrativo más próximo
(servicios ofrecidos por la Junta de Andalucía y el Gobierno de España) |