Decisión 06/2015 por la que se advierte a TV Campo de Gibraltar de la inserción de publicidad en informativos de duración inferior a 30 minutos

El CAA ha decidido advertir a Televisión Campo de Gibraltar, S.A. (TV Campo de Gibraltar) de que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 14 de la LGCA, la transmisión de programas informativos televisivos no podrá ser interrumpida por mensajes publicitarios si su duración es inferior a treinta minutos.

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