El Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) reclama a los grupos parlamentarios de Andalucía y también del Congreso de los Diputados, que propicien un debate público sobre las pautas deontológicas y éticas que han de exigirse a los medios de comunicación tras constatar, una vez más, que el tratamiento mediático ofrecido por algunas televisiones de un suceso en el que además están implicados menores de edad, vulneró gravemente todos los derechos de la víctima y de su familia, protagonistas involuntarios de una información.
Esta petición se enmarca en una decisión aprobada ayer por el pleno del CAA con motivo de los resultados de un informe elaborado por sus servicios técnicos sobre el tratamiento mediático dado por cinco televisiones al asesinato machista de El Salobral (Albacete), ocurrido el pasado 20 de octubre, cuando un hombre de 39 años mató a una niña de 13 con la que había mantenido algún tipo de relación sentimental.
El CAA ha analizado el tratamiento de este crimen en cuatro televisiones de ámbito nacional (La1, Telecinco, Antena 3 y Cuatro) y en Canal Sur TV. En total, más de 67 horas de programación correspondiente a 25 informativos y 15 magacines emitidos entre el 20 y 24 de octubre, en los que se trató la noticia y la regulación jurídica que tienen las relaciones sentimentales y sexuales entre menores y adultos.
Este informe revela que, una vez más, el espectáculo y el sensacionalismo han primado, en muchos casos, sobre el ejercicio honesto y responsable del derecho a la información en los prestadores privados. Una tendencia clara en éstos ha sido analizar el entorno de la víctima y del asesino ofreciendo conclusiones infundadas sobre sus modos de vida y de su familia, contribuyendo a culpabilizar a la menor asesinada de su desgraciado final.
Destaca la diferencia en la forma y el fondo entre los operadores públicos y privados a la hora de abordar este suceso. En los contenidos analizados de Canal Sur TV y La1, el tiempo dedicado al mismo es considerablemente inferior al concedido en los canales privados. En el periodo estudiado, Telecinco (33,5%) y Antena 3 (34,7%) fueron las que más espacio concedieron al crimen, seguidas de Cuatro (22,4%). La1 le dedicó el 7,4% del tiempo de la programación analizada y Canal Sur TV el 0,7%.
Esta cobertura se amplifica sobre todo en los programas de entretenimiento, los magacines. Las tres ediciones consecutivas de El programa de Ana Rosa (Telecinco) analizadas dedicaron en suma casi cinco horas a informar y debatir sobre este caso, le sigue Espejo Público (Antena3), con algo más de cuatro horas, una hora y 20 minutos en los tres magacines analizados de Cuatro, y casi una hora de las tres ediciones de La Mañana de La 1. En el espacio Tiene Arreglo de Canal Sur TV no se abordó este tema.
El tratamiento de este crimen machista representa un retroceso de 20 años
El tratamiento de los magacines de las televisiones privadas fue totalmente contrario a las pautas recomendadas para abordar la violencia de género. Todos los códigos deontológicos abundan en la prevalencia de fuentes expertas y autorizadas sobre la de otras personas vinculadas al caso para asegurar la objetividad y la neutralidad informativa, así como evitar que puedan lesionarse derechos fundamentales, como la intimidad, el honor o la dignidad de las víctimas.
Sin embargo, y contrariamente a estas pautas, Telecinco y Antena3 se convirtieron en portavoces de la familia del asesino confeso y de sus interpretaciones sobre lo sucedido, consiguiendo centrar el debate sobre las circunstancias personales de la menor y de su familia.
En los magacines de ambas cadenas la principal fuente de información fue la familia del agresor, que en El programa de Ana Rosa obtuvo el 43% del tiempo de palabra ocupado por todas las fuentes consultadas, el 40% en Espejo Público y el 16% en Las Mañanas de Cuatro. En La1, las fuentes policiales (41%) y las autoridades competentes (38%) acapararon los primeros puestos seguidos de vecinos o amigos (10,5%) y familia del asesino (9%).
El Consejo considera que la cobertura dada a este caso por parte de las televisiones privadas analizadas ha supuesto un retroceso de 20 años en el tratamiento informativo de la violencia de género, cuando se carecían de pautas de conductas relativas a este tipo de hechos. El tratamiento informativo de la violencia de género ha de regirse por códigos de autorregulación y corregulación eficaces, cuyo incumplimiento grave –como en esta ocasión- no queden impunes, recalca el Consejo.
El CAA llama la atención sobre los contenidos detectados en los programas de Telecinco, que difundieron información sobre la vida privada de la menor, no siempre contrastada, así como opiniones y juicios negativos sobre sus circunstancias personales y familiares. Todo lo anterior contribuyó a culpabilizar indirectamente a la menor y a su familia de lo sucedido. A modo de ejemplo, el programa que dirige Ana Rosa Quintana en Telecinco difundió en pantalla el día 24 el siguiente mensaje informativo referido a la menor: “Eres igual de puta que tu madre”. A continuación una de las últimas conversaciones del asesino de El Salobral con su víctima.
Se hizo así un daño injustificado a la memoria e imagen de la menor asesinada, carente de todo sentido informativo. En ningún caso pueden considerarse públicos y de interés general las incidencias sobre la vida privada de una víctima de violencia de género y, especialmente, de una menor de edad menoscabando su fama o estimación.
Presentadores e informadores ignoraron la especial protección del menor
Tampoco se respetó el derecho a la intimidad, a la imagen y al honor de la menor asesinada por parte de estos tres canales privados, cuyos profesionales y presentadores ignoraron las previsiones que la Ley establece para el tratamiento mediático, no solo de la violencia de género, sino también de los sucesos en los que se ven implicados menores de edad, especialmente protegidos en nuestro ordenamiento jurídico. Y en este sentido, de nuevo, se diferencian los medios públicos.
Tanto el nombre y los apellidos de la víctima, como su rostro, fueron difundidos en los tres magacines de las televisiones privadas y en los informativos de Cuatro y Telecinco. Destaca por la reiteración de este incumplimiento El programa de Ana Rosa (Telecinco), que difundió hasta 59 veces el rostro de la menor sin pixelar y donde se mencionó hasta en 18 ocasiones su nombre y apellidos.
Estas prácticas periodísticas chocan frontalmente con lo establecido en la Ley, que preserva el derecho de los menores de edad a que ni su imagen ni su voz sean utilizadas en los medios audiovisuales sin su consentimiento o el de sus representantes legales. La Ley General de Comunicación Audiovisual también prohíbe la difusión del nombre, la imagen u otros datos que permitan identificar a menores de edad en un contexto de hechos delictivos o que discutan su tutela o filiación, aunque el menor haya fallecido, como es el caso que nos ocupa. Estos límites no están amparados en la libertad de expresión ni en el derecho de información, recuerda el Conesjo.
Traslado del informe a la Fiscalía y a la SETSI
El CAA ha acordado además trasladar el informe, las grabaciones y la decisión al Ministerio Fiscal para que valore si en el comportamiento de algunos medios y programas pudieran existir comportamientos delictivos y, en particular, si se ha vulnerado el derecho a la imagen, honor e intimidad de la víctima y de su familia. También se ha remitido a la Secretaría de Estado para las Telecomunicaciones y la Sociedad de la Información (SETSI) por si, en el ámbito de sus competencias, procediera adoptar alguna medida correctora ante conductas contrarias a la legislación vigente en televisiones de ámbito estatal.
El Consejo apela asimismo a las asociaciones profesionales y a las corporaciones empresariales para promover una estricta autorregulación en los magacines televisivos, pues la libertad de expresión no ampara que la vida de una persona, víctima además de un asesinato, sea aireada y sometida además al escrutinio de tertulianos y programas.
Utilizar la vida íntima y los padecimientos de un ser humano como un instrumento al servicio del entretenimiento y la captación de audiencia atenta contra el principio de dignidad de la persona, que todo medio de comunicación está obligado a respetar, establece el Consejo.
La decisión aprobada por el CAA defiende la necesidad de que en España se aborde y analice el ejercicio que del derecho a la información y la libertad de expresión realizan algunos programas televisivos, para evitar que la Justicia sea el único recurso posible ante los incumplimientos graves de normas esenciales, sin las que no puede concebirse el periodismo.