El CAA pide la colaboración de las asociaciones de consumidores para erradicar la publicidad de productos milagro en los medios

El Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) ha requerido la colaboración de las asociaciones de consumidores y usuarios para erradicar la publicidad de productos milagro en los medios de comunicación. Es un tipo de publicidad expresamente prohibida en nuestro ordenamiento jurídico que abarca una serie indeterminada de productos, sustancias y servicios que utilizan el término natural como característica vinculada a pretendidos efectos preventivos o terapéuticos, que no se ajustan a criterios de veracidad y que pueden suponer además un fraude a los consumidores, según establece el Real Decreto 1907/1996 de productos-milagro.

La presidenta de la Comisión de Contenidos del Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA), Carmen Fernández Morillo, el consejero responsable de la Oficina de Defensa de la Audiencia, Eugenio Cosgaya, y la consejera del CAA Inmaculada Navarrete han acordado con responsables técnicas de las asociaciones de consumidores Facua, UCA-UCE y Al-Andalus poner en marcha actuaciones conjuntas para propiciar que distintas administraciones sanitarias y de consumo, con las que estas organizaciones mantienen una interlocución directa, actúen en el ámbito de sus competencias para eliminar este tipo de anuncios que proliferan en las televisiones.

El pasado mes de octubre, el CAA inició una campaña de seguimiento de este tipo de anuncios en las televisiones públicas y privadas, locales y autonómicas, de la comunidad andaluza. Desde entonces y hasta hoy, el Consejo ha remitido 49 requerimientos de cese de publicidad de productos milagro a varias televisiones. Concretamente, se trata de la emisión de publicidad de ocho productos: cinco con supuestas propiedades adelgazantes, tres productos supuestamente antiinflamatorios y uno al que se le atribuyen propiedades relajantes.

La consejera Fernández Morillo recordó que estamos ante una de las actuaciones de mayor envergadura emprendidas por el CAA, como lo fueron las cometidas contra las emisiones de pornografía en horario infantil, entre 2008 y 2009, o por las emisiones de videncia en horario infantil en los últimos tres años.

En este caso, además de tratarse de un tipo de publicidad prohibida en nuestro ordenamiento jurídico, el Consejo recuerda que los anuncios de bienes y productos adelgazantes que fomenten el culto al cuerpo y el rechazo a la autoimagen solo pueden emitirse fuera de la franja de horario protegido, circunstancia que no se cumple en algunos de los anuncios detectados. Además, en un porcentaje elevado, se trata de un tipo de publicidad sexista, pues en el caso de los productos supuestamente adelgazantes, dirige sus mensajes y su consumo exclusivamente a mujeres.

Las tres asociaciones de consumidores andaluzas presentes en el encuentro con el CAA mostraron su preocupación por la incidencia de este tipo de anuncios entre la población mayor sometida a tratamientos médicos, no solo a través de la televisión, sino también los que se emiten en las emisoras de radio donde, destacaron, no siempre se diferencia claramente la programación de los mensajes publicitarios. En este sentido, el Consejo apeló a todas las organizaciones y ciudadanos para que acudan a la Oficina de Defensa de la Audiencia cuando detecten este tipo de prácticas.

El Consejo Audiovisual de Andalucía ha solicitado un encuentro con la Consejería de Salud para abordar también este asunto. Por su parte, el Ministerio de Industria tras una reunión mantenida con el Consejo por esta cuestión, está remitiendo los correspondientes requerimientos de cese a los operadores de ámbito nacional donde detecta esta infracción, según han trasladado al CAA.

Las 49 actuaciones aprobadas por el Consejo hasta la fecha han sido remitidas también al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, a la Consejería de Salud y a la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales, donde está adscrita la Secretaría General de Consumo, por si en el ámbito de sus competencias, procediera adoptar alguna medida sobre la comercialización de estos productos, la protección de la salud de los consumidores y el control de la publicidad para que se ajuste a criterios de veracidad.