El último pleno del Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) acordó estimar una queja recibida en la Oficina de Defensa de la Audiencia contra la RTVA por no rectificar una información errónea difundida en un rótulo insertado el informativo de las 14.30 horas de Canal Sur TV emitido el pasado 11 de diciembre. Dicha información aludía a la presentación de una querella contra la alcaldesa de Madrid, Ana Botella, por el caso Madrid Arena, un pabellón municipal en el que murieron cinco jóvenes tras una avalancha en concierto en noviembre de 2012.
Tal y como comprobó el Consejo, en el informativo de Canal Sur TV citado, apareció durante 11 segundos un rótulo con la leyenda “Admitida una querella contra Ana Botella” acompañado de unas imágenes de una noticia de contenido totalmente diferente. El operador no rectificó posteriormente su error. No aparecieron menciones a esta noticia en el informativo, ni verbalmente ni en rótulos.
En sus alegaciones, el operador autonómico atribuyó a un error técnico la emisión de ese rótulo, después de que varias agencias de noticias difundieran dicha información en las horas previas al informativo y las corrigieran posteriormente. La RTVA explicó que los responsables del informativo de Canal Sur TV retiraron esa noticia de la escaleta cuando se produjo la rectificación pero no eliminaron el rótulo que aludía a la misma, que ya había sido introducido en el sistema.
Las causas del error, explicó la RTVA, se deben a que el sistema de rotulación no está integrado plenamente en el sistema de noticias y a que la persona encargada de la rotulación cometió un error en la comprobación. Añadió que estas situaciones no son frecuentes, pero que a veces se producen en los informativos de la RTVA y también de otras televisiones.
En su resolución de estimación de esta queja, el CAA recuerda que el artículo 4 de la Ley General de Comunicación Audiovisual reconoce como derecho del público que toda comunicación informativa se elabore de acuerdo con el deber de diligencia en la comprobación de la veracidad de la información. El Consejo admite que en ese proceso se pueden cometer errores involuntarios, como prevé la deontología profesional que, sin embargo, obliga a la rectificación inmediata de una información errónea. Así lo recoge el Código Deontológico de la Federación de Asociaciones de Prensa de España (FAPE) y el propio Libro de Estilo de la RTVA.
El CAA considera que la RTVA debería haber corregido rápidamente el error con el mismo despliegue audiovisual que empleó para difundir la noticia, pidiendo disculpas a los espectadores, teniendo en cuenta además la gravedad del error y el menoscabo que pudiera haber originado sobre la imagen y honor de la persona aludida.
Desestimada otra queja por falta de neutralidad en Pido la palabra
El CAA acordó asimismo desestimar otra queja recibida contra Canal Sur TV por falta de neutralidad, objetividad e independencia en el programa Pido la palabra emitido el 11 de octubre de 2012 en el que los invitados fueron varios presentadores de la cadena. El reclamante denunció que el programa se caracterizó por exponer “una orientación sectaria contra las actuaciones del Gobierno de la nación” por parte de los presentadores de la RTVA que, añadía la queja, “actuaban como tales, no como particulares libres de exponer sus ideas en su derecho a la libertad de expresión”.
Trasladada la queja a la RTVA, el operador autonómico explicó que se trató de una emisión singular de ese programa, puesto que los presentadores que acudieron como invitados lo hicieron a título personal, sometiéndose a las preguntas del público a las que respondieron con su opinión personal, no con una valoración profesional, en el ejercicio de su derecho a la libertad de expresión.
En el análisis del programa denunciado, el CAA no ha encontrado referencias a partidos políticos concretos, ni menciones a responsables políticos, o referencias expresas al Gobierno central o autonómico. Durante dicho espacio, los presentadores invitados respondieron a las preguntas del público expresando opiniones personales, en términos generales. Asimismo, comprobó que la mayor parte de las preguntas y respuestas estaban relacionadas con la vida y la trayectoria profesional y personal de los invitados. El presentador del espacio, Jesús Vigorra, se limitó a moderar el debate.
El Consejo entiende que los profesionales de la RTVA participaron en un programa inequívocamente de opinión, en un contexto de ejercicio del derecho a expresar opiniones personales para responder a las preguntas planteadas por el público. Y añade que no existen elementos objetivos que permitan advertir que la RTVA asume por ello una responsabilidad editorial que quiebre el principio de neutralidad o independencia.
El CAA concluye que ni las preguntas ni las respuestas expresadas en ese programa hicieron mención acerca de políticos, partidos o gobiernos concretos. Y que de haberse producido, estarían amparados en el ejercicio del derecho a la libertad de expresión que reconoce el artículo 20 de la Constitución. El Consejo no ha encontrado elementos objetivos de que el programa, perteneciente al género opinión, transmitiese una línea editorial partidista o contraria a personas, organizaciones políticas o gubernamentales.