El Consejo insta al prestador autonómico a corregir desajustes en la televenta, detectados en el 74% de estos mensajes publicitarios
El Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) ha constatado un alto grado de cumplimiento del Código de Conducta Comercial de la RTVA en la publicidad emitida durante 2020 tanto por Canal Sur TV como por Andalucía TV. El 93% de los anuncios –un 95% si se atiende al número de emisiones de los mismos- se ajustan a lo establecido en este reglamento, lo que supone un avance de 5 puntos respecto a 2019, aunque el CAA insta al prestador a que no baje la guardia y, en la medida de lo posible, aumente la vigilancia para acercarse a un cumplimiento completo.
En su informe anual de seguimiento del Código de Conducta Comercial de la RTVA, el Consejo ha detectado igualmente que el 74% de los anuncios de televenta no respeta alguna de las normas que regulan la transparencia y que obligan a mencionar el precio al contado o a plazos y sus condiciones económicas, las condiciones de envío a domicilio y las de garantía y devolución. De esta forma, y aunque se mejoran los datos del año anterior (95%), el pleno de CAA ha decidido pedir a la RTVA que tome medidas para corregir esta situación.
Para la elaboración de este informe, el CAA ha analizado la totalidad de las comunicaciones comerciales emitidas por los dos canales de televisión de la RTVA en los bloques publicitarios, así como una muestra del resto de mensajes comerciales ofrecidos en el interior de los programas (telepromociones, emplazamientos de productos, sobreimpresiones, publicidad virtual y reloj/marcador).
De esta forma, se han examinado 1.690 anuncios diferentes correspondientes a 86.153 emisiones, de las cuales 80.662 han sido spots y el resto han sido comunicaciones comerciales de televenta, patrocinio, publirreportajes, morphing y otros. También se han catalogado los ‘Avance de Programación’, espacios de autopromoción del prestador, que han sido 28.325.
El número de anuncios emitidos en bloques publicitarios que no respeta alguna de las normas del Código de Conducta ha sido 114, lo que supone un 6,75% del total de los mensajes analizados y un 5,25% de las emisiones. El código consta de siete apartados que, de forma transversal, regulan diferentes aspectos de la publicidad, y aunque todas las emisiones analizadas respetan las normas relativas a los ‘Principios generales’, los desajustes detectados corresponden a los apartados de ‘Protección de la infancia y la adolescencia’ (2), ‘Protección de la Salud’ (8), ‘Publicidad de bebidas alcohólicas’ (9), ‘Televenta’ (65), ‘Patrocinio’ (2), ‘Textos escritos’ (21) y ‘Otros’ (10).
Además, 37 telepromociones, 14 sobreimpresiones, 7 comunicaciones comerciales de tipo reloj/marcador y un emplazamiento tampoco se ajustan a las normas del Código de Conducta Comercial de la RTVA.
Por sectores y emisiones, el mayor número de desajustes con lo dispuesto en la normativa se localizan en los anuncios de ‘Belleza e Higiene’, ‘Hogar’ y ‘Limpieza’, seguido de ‘Deportes y Tiempo Libre’, ‘Distribución y Restauración’, ‘Objetos personales’ y ‘Bebidas’.
Televenta
Asimismo, en tipología de comunicaciones comerciales, la televenta destaca como el formato menos adaptado a las exigencias del Código de Conducta. El CAA ha hallado así irregularidades en 65 de los 88 anuncios analizados: 65 no han incluido las condiciones de devolución, 64 las estipulaciones de garantía, 29 las condiciones de envío y 8 las de precio y económicas.
Por otro lado, el pleno del Consejo Audiovisual de Andalucía ha señalado a la RTVA que debe respetar el límite de dos minutos por hora de autopromociones establecido en el Código de Conducta. También se indica al prestador que debería ajustarse a los 8 minutos por hora de reloj de emisión de publicidad en horario de protección reforzada.
Igualmente, el CAA recuerda a la RTVA la obligatoriedad de solicitar de la autoridad regulatoria el informe preceptivo sobre la no consideración como mensaje publicitario de las comunicaciones comerciales de servicio público o carácter benéfico, de acuerdo con la Ley General de la Comunicación Audiovisual. Y es que se ha detectado que en algunas horas hay un exceso de tiempo dedicado a la publicidad, si bien es cierto que coincide con la emisión de programas especiales dedicados a UNICEF o a Ayuda en Acción, espacios en los que se emiten constantemente mensajes publicitarios de carácter benéfico que podrían no tener la consideración de publicidad a los efectos del cómputo.
Sobre el Código de Conducta Comercial
El Código de Conducta Comercial es revisado y aprobado periódicamente por el Consejo de Administración de la RTVA, que se responsabiliza de su control interno. Los prestadores del servicio de comunicación audiovisual tienen derecho a aprobar sus propias normas de autorregulación de los mensajes publicitarios adoptando criterios y estándares que, entre otras cuestiones, introduzcan compromisos éticos y modos de afrontar algunos problemas de interpretación de las leyes. No suplen en ningún caso la legislación vigente, más bien la complementan o incorporan mayores exigencias, por lo que deben respetar las normas de obligado cumplimiento establecidas en el marco jurídico aplicable.
La última versión del Código de la RTVA fue aprobada en mayo del 2020, derogando la anterior de enero de 2017, por lo que para este informe de seguimiento se han tenido en cuenta ambas normas. El Consejo Audiovisual de Andalucía tiene encomendada por ley la función de control externo del cumplimiento de este código.