La imagen de la mujer en los medios

Como señalan diversos estudios e informes realizados en el Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA), en los medios de comunicación persisten muchos de los estereotipos tradicionales forjados sobre hombres y mujeres. Se han destacado, en tal sentido, los informes sobre productos de limpieza, género y deporte en televisión, las iniciativas sobre chats de contactos sexuales y pornografía en contenidos televisivos, o el reciente informe sobre la presencia de la violencia de género difundido por el Consejo.

En particular, el debate se ha centrado sobre cómo la publicidad -tanto hacia las mujeres como consumidoras como en su papel de atracción para productos dirigidos a los hombres- se manifiestan poco receptivas, más que en lo epidérmico, a algunos de los cambios sociales vividos en los últimos años por hombres y mujeres.

Se ha mencionado la publicidad dirigida a los menores, donde –a tenor de los estudios bianuales sobre publicidad de juguetes del CAA– se confirma la continuidad de las asociaciones de las mujeres a tareas vinculadas a la domesticidad, la maternidad, el afecto, etc., básicamente en roles privados, frente a roles públicos y de acción asociados a los niños, con mensajes acerca de la velocidad, el riesgo, la fuerza, el valor el poder o la acción.
 

En este sentido, la nueva Ley General de Comunicación Audiovisual prohíbe la emisión de comunicaciones comerciales que vulneren la dignidad humana o utilicen la imagen de la mujer con carácter vejatorio o discriminatorio. También está prohibida la publicidad que utilice particular y directamente el cuerpo de la mujer o partes del mismo como mero objeto desvinculado del producto que se pretende promocionar, bien su imagen asociada a comportamientos estereotipados que vulneren los fundamentos de nuestro ordenamiento coadyuvando a generar la violencia a que se refiere la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

Sin embargo, resulta difícil concretar e intervenir en los supuestos de publicidad ilícita o prohibida tanto por la ausencia de indicadores consensuados, como por la indeterminación jurídica de los conceptos, y por la falta de tipificación de las infracciones, teniendo que limitarse la intervención a casos excepcionales. De hecho, como ha señalado la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC), la presencia de las mujeres en un anuncio, aun cuando pueda considerarse cosificadora e incluso vejatoria, sólo es ilícita si existen indicios razonables de que esa presencia coadyuva a generar la violencia a que se refiere la Ley Orgánica.

Por otra parte, el hecho de que el periodismo se haya femineizado profesionalmente en los últimos años, no ha conseguido que la presencia de hombres y mujeres en los medios sea equilibrada. Así por ejemplo, los estudios de pluralismo del CAA ponen de relieve que sólo el 23.74% de los tiempos de palabra en los informativos de las televisiones públicas se conceden a mujeres, y frecuentemente se asocia a actores ocasionales, en detrimento de los actores deportivos, profesionales, económicos, sindicales e incluso universitarios. La inmensa mayoría de voces de partidos políticos, gobierno e instituciones son masculinas.

Las tendencias no vaticinan una modificación severa de la presencia y representaciones mediáticas de género a corto plazo, a pesar del papel de las mujeres en la sociedad andaluza actual, contribuyendo a generar imágenes sexuadas sobre los roles de hombres y mujeres en base a las retóricas del poder. A pesar de ello, existe una clara conciencia ciudadana sobre esta segmentación, en particular en el campo de la publicidad. Así, en el Barómetro Audiovisual de Andalucía se confirma la falta de identificación de la población con los estereotipos de hombre y mujer que se utilizan en la publicidad, y se ha destacado que, en su edición de 2010, el 77% de la ciudadanía considera que la imagen que se transmite de la mujer no es cercana a la realidad, un 85% piensa que habitualmente se utiliza el atractivo físico de la mujer como gancho, el 63% cree que se asocia a los hombres con profesiones de prestigio, que la publicidad ofrece una imagen activa y poderosa de estos (56%) mientras que la mujer aparece vinculada al trabajo de la casa y al cuidado de la familia (58%).

Se ha trabajado, además de los campos de la publicidad y la información, la representación de las mujeres en las obras de ficción, señalando el rol polarizado jugado por las mujeres en la ficción o la animación clásica (la “mujer fatal” o malvada, necesitada de redención o condenada irremisiblemente a la perdición, frente a la mujer bondadosa, sumisa, compresiva, intermediariadora, incapaz de tomar decisiones o afrontar acciones, débil, temerosa, conformista y condenada irremisiblemente a un rol social secundario y a los espacios privados) y las nuevas formas de ficción que multiplican e intercambian los papeles tradicionales de hombres y mujeres.

La sexuación de los contenidos audiovisuales, en opinión de la consejera, manifiesta una forma más de instrumentalización a través del cuerpo, exhibido con frecuencia de forma cosificada, fragmentaria, y en particular el de las mujeres en su aspiración o disponibilidad para la mirada o la acción masculina. Particularmente preocupante resulta la presencia de modelos publicitarios y de ficción dirigidos caracterizados por la intervención, real o figurada, sobre la apariencia física de las niñas, en base a una estética adulta. Una estética que “vende”, más por una aspiración masculina que femenina, haciendo también un flaco favor a las nuevas masculinidades. En el siglo XXI, después del auge de los feminismos, se vuelve a propiciar (y en esto los medios tienen un papel fundamental) la relación con los cuerpos y con el éxito en la retórica de las relaciones de poder. El fomento de una imagen de mujer objeto (hoy, niñas objeto) y la intervención sobre los cuerpos como un camino para la búsqueda de la nueva identidad.

La consejera Cruces ha reclamado, finalmente, un compromiso social de todos los agentes del marco audiovisual para establecer consensos que aseguren, tanto en los medios audiovisuales públicos como privados, el cumplimiento de su función social, y el respeto de los derechos, libertades y valores constitucionales, especialmente en relación a la protección de la juventud y la infancia, así como el cumplimiento del principio de igualdad de género y la eliminación de todas las formas de discriminación, sin que valores supremos de la libertad de expresión e información sean conculcados.