La adecuación a la legalidad de los nuevos formatos publicitarios en televisión centró buena parte de la actividad del Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) durante el año 2014, en el que abrió un centenar de expedientes por la emisión de mensajes publicitarios sin señalizar adecuadamente, tal y como establece la Ley. La actuación del Consejo ante la emisión de publicidad de bebidas alcohólicas de menos de 20 grados fuera del horario permitido también fue una constante del pasado año, con un total de 14 intervenciones.
El CAA detectó en 2014 hasta 98 emisiones en televisiones locales y autonómicas, públicas y privadas, de mensajes publicitarios sin la obligatoria transparencia con la leyenda publicidad.
La mayor parte de las irregularidades detectadas (el 45%) consistieron en la emisión de faldones publicitarios que, sobreimpresionados en la pantalla, ocupaban gran parte de la misma –aproximadamente una cuarta parte- sin estar acompañados de la transparencia clara y legible con la palabra “publicidad”. La siguiente modalidad de publicidad sin señalizar detectada por volumen de actuaciones fue el publirreportaje, con casi el 40% de los casos detectados. Le siguieron las telepromociones (6%), los patrocinios (5%) y la inserción de bloques publicitarios en informativos de duración inferior a 30 minutos (4%).
La aparición de nuevos formatos publicitarios facilita a las televisiones maneras distintas y sutiles de mantener la publicidad en las pantallas durante largos periodos de tiempo mediante formas opacas o solapadas, de manera que la publicidad puede incluso transformar aspectos estructurales de la programación televisiva. Ante este fenómeno, el CAA considera necesario clarificar los conceptos recogidos en la ley y que están relacionados con los expedientes incoados el año pasado.
Se da la circunstancia además de que España es el país de Europa con el mayor índice de saturación publicitaria, con casi un 20% del tiempo total de programación dedicado a la comunicación comercial, casi el doble que Francia, y por delante de Alemania (16,8%), Italia (12,5%) o Reino Unido (11,4%), según datos del proyecto de investigación “Innovaciones programáticas y de inserción publicitaria en la TDT generalista europea” CSO2009-12822.
En cuanto a las intervenciones ante la emisión de publicidad de bebidas alcohólicas, el Consejo abrió 13 expedientes en los que requirió el cese de publicidad de bebidas alcohólicas de menos de 20 grados en horario no permitido, y ha impuesto una sanción de 137.000 euros a una televisión municipal por la emisión reiterada de publicidad encubierta de una bebida alcohólica de más de 20 grados, concretamente una ginebra.
La Ley de General de Comunicación Audiovisual establece que las bebidas alcohólicas de menos de 20 grados pueden anunciarse en televisión a partir de las 20.30 horas y hasta las 6 de la mañana del día siguiente, y prohíbe taxativamente la publicidad de las bebidas alcohólicas de más de 20 grados.
En el informe la emisión de comunicaciones comerciales de bebidas alcohólicas en 2014, el CAA recuerda que este tipo de publicidad ha sido señalada en muchas ocasiones como uno de los factores de riesgo más influyentes en la adquisición de hábitos de consumo descontrolado o abusivo, sobre todo altamente influyente en sectores de la juventud y adolescencia.
Ese consumo descontrolado está estrechamente ligado con las diferentes estrategias de marketing que la industria de las bebidas alcohólicas utiliza para publicitar y promocionar su producto, con la finalidad de captar nuevos clientes y fidelizar o mantener a los ya existentes, creando para ello un clima social favorable a su consumo y asociando el mismo a modos de vida y situaciones lúdicas o atractivas.
Se trata de una publicidad que en 2013 supuso la emisión de más de 8.000 spots (el 1% del total de la publicidad) por las cadenas generalistas de televisión nacionales y autonómicas que se ven en Andalucía.
Informe sobre publicidad de bebidas alcohólicas en PDF.
Informe en PDF sobre las comunicaciones comerciales sin señalizar.