El magistrado Joaquim Bosch defiende derogar el delito de ofensa a los sentimientos religiosos al considerarlo contrario a la libertad de expresión, en Diálogos en el CAA, con Darío Adanti y Edu Galán

El magistrado Joaquim Bosch ha defendido hoy la derogación del delito de ofensa a los sentimientos religiosos, tipificado en el artículo 522 del Código Penal, porque, ha asegurado, es contrario a la libertad de expresión. "Lo que debe protegerse es el derecho a la libertad religiosa", ha subrayado. Bosch ha expresado esta opinión durante su participación en el foro de debate Diálogos en el CAA dedicado a los límites del humor en los medios, que se ha celebrado esta mañana en la sede del Consejo Audiovisual de Andalucía junto a los creadores de la Revista Mongolia, Darío Adanti y Edu Galán. Éstos últimos, han defendido por su parte la libertad de expresión, sobre todo, en el ámbito de la comedia y el humor, al tratarse de ficción.

"Cuanto más avanzada es una democracia, menos restricciones hay a la libertad de expresión, y las sociedades pueden opinar libremente" ha dicho el magistrado, quien ha descrito el humor como un transmisor de la libertad de expresión. "La comedia tiene una influencia que no siempre gusta al poder y por eso siempre ha sido en sociedades democráticas donde ha podido desarrollarse", ha recordado Bosch.

El tema elegido para esta edición de Diálogos en el CAA y los ponentes invitados ha suscitado un interesante debate jurídico en torno a los bienes y derechos protegidos por nuestro sistema jurídico tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana -más conocida como la Ley Mordaza- que, a su vez, modificaba el Código Penal.

Este nuevo marco legal tipifica como delitos, con penas previstas de cárcel y fuertes sanciones económicas, una serie de conductas que, además, están descritas de forma imprecisa, como "faltas de respeto y consideración a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado", "actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillaciones a víctimas del terrorismo (…) o sus familiares", introduce también el delito contra la Corona. Y abarca no sólo publicaciones tradicionales -impresas y audiovisuales- sino también las publicaciones en redes sociales.

En este sentido, la presidenta del CAA, Emelina Fernández Soriano, ha destacado "el salto cualitativo que representa que sea en el Código Penal, nada menos, donde se dirima hasta dónde se puede hacer un chiste o expresar una idea contraria o incluso despreciativa hacia un determinado dogma". "El sentido del humor -ha manifestado Fernández- está ligado, entre otras cosas, a la inteligencia y a la creatividad. Y no sé si vamos por buen camino cuando la libertad creativa y el sentido del humor se cercena desde el ámbito penal".

El magistrado ha explicado que la Constitución Española protege el derecho a la información veraz de la sociedad. "La libertad de expresión no tiene por qué ser verdadera", ha incidido para interrogarse por cuál ha de ser el contenido de la libertad de expresión, siempre y cuando no sirva para cometer un delito. Así, ha aclarado que, en su opinión, el derecho a la libertad de expresión y a la sátira no solo ampara opiniones "en las que todos podamos estar de acuerdo o aquello políticamente correcto", sino también aquello que pueda molestar, incomodar, herir o desagradar. 

De esta forma, ha advertido que el castigo a opiniones que no constituyan un delito de odio provocan un "efecto desaliento" que desemboca en la autocensura, por lo que la libertad "queda severamente castigada". "No existe en la Unión Europea o en Estados Unidos el derecho a que yo no quiero ser ofendido por algo que digan los demás", ha recalcado Bosch, quien ha denunciado que, en este sentido, se ha producido un retroceso en España que coincide con el estallido de la crisis económica.  

"Aunque tuviéramos la certeza de que una opinión es equivocada, no es bueno castigar opiniones erróneas, equivocadas o barbaridades. El debate público es el que deja en su lugar las faltas de respeto, las barbaridades, el que refuerza las ideas buenas. Y como son tan peligrosas las tentaciones del castigo -¿donde ponemos el límite?- más vale que sea el debate plural el que sitúe las cosas en su sitio", ha dicho el magistrado, quien ha añadido que "el precio de la libertad de expresión es tener que soportar un montón de basura".

Bosch ha alertado de que la reforma del Código Penal en la conocida como Ley Mordaza no sólo está teniendo efectos en los tribunales, sino que está provocando transformaciones sociológicas: "Se está fomentando y extendiendo el derecho a sentirse ofendido". "Odiar no es delito. Mientras no tenga ninguna repercusión, la mente no es delito. Lo que castiga el artículo 510 es otra cosa, incitar al odio, a la hostilidad, contra personas por pertenecer a determinados grupos sociales, pero tiene que haber una mínima capacidad potencial de poner en riesgo a estas personas". Así, ha advertido del peligro que supone esta deriva punitiva porque "cualquier crítica dura contra un cargo público o contra un gobernante puede convertirse en un delito".

Por su parte, Edu Galán, uno de los dos integrantes de la Revista Mongolia invitados a este debate, se ha mostrado también muy crítico con la reforma del Código Penal que castiga expresiones ofensivas contra determinados colectivos. "Poco hay que hablar cuando hay una tuitera en un juzgado por un chiste de Carrero Blanco", ha dicho.

En este sentido, ha defendido la máxima libertad de expresión, y ha arremetido contra determinados sectores políticos y sociales que se manifestaron a favor de prohibir la entrada en sus ciudades de un autobús de la organización Hazte Oír contraria a la transexualidad. "Tengo graves problemas cuando una determinada izquierda persigue el autobús de Hazte Oír", ha dicho.

Darío Adanti, por su parte, ha recordado que, en muchas ocasiones, en la comedia o el humor, el humorista no está expresando lo que piensa, "sino que se le ocurrió un chiste", y también ha apostado por la libertad de expresión en el marco del humor y la sátira, al tratarse de un ámbito de ficción. "En la ficción podemos ser salvajes. En el humor podemos permitirnos decir las barbaridades que incluso no pensamos. Muchas veces el humor sirve para cartografiar cuáles son nuestros límites como sociedad", ha manifestado.

Tras las intervenciones de los invitados, se ha producido un debate con el público asistente a esta conferencia donde han destacado algunas conclusiones, entre las que los ponentes ha destacado la necesidad de establecer de forma nítida dónde se pone la barrera en la que se pueden castigar las palabras. De lo contrario, han advertido, "damos un instrumento muy peligroso al poder político para perseguir al que no le gusta". "El humor es algo muy serio y no debe ser perseguido", ha concluido Joaquim Bosch.

Es un concurso escolar que anualmente celebra el Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA), en colaboración con la Fundación Cajasol,  la Radio-Televisión Andaluza (RTVA) y el Parque Temático Isla Mágica, para fomentar la alfabetización mediática en los centros escolares de Andalucía.

Pueden participar los alumnos de Educación Primaria, Secundaria y Postobligatoria de todos los centros educativos andaluces. Si perteneces a estas etapas educativas y te organizas con  tu clase con la ayuda de un profesor, ya casi estás. El plazo límite para presentar los vídeos es el 30 de abril de 2026. Cada centro podrá presentar vídeos en todas las categorías, con un máximo de 2 trabajos por categoría.

Debéis grabar un vídeo no superior a 5 minutos donde se traten asuntos relacionados con la alfabetización mediática, es decir, donde se muestren las posibilidades educativas de Internet, los riesgos que tienen las redes sociales (también las posibilidades que ofrecen cuando se les da un buen uso) o también las consecuencias que nos encontramos cuando hay abuso en el uso de las pantallas: acoso escolar, sobre-exposición, sexting, grooming, aislamiento de la sociedad, dependencia del teléfono móvil, etc… El vídeo puede presentar cualquier formato audiovisual: un corto, un anuncio, una entrevista, un documental o una «performance» innovadora y creativa.

El vídeo realizado deberá subirse a la plataforma YouTube, indicando la URL del vídeo en la solicitud de inscripción.

No, puesto que al publicar vuestro vídeo en la plataforma de vídeos compartidos YouTube y registrar la documentación necesaria en el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía, no es necesario el desplazamiento.

Sin problemas, pulsando el botón GUARDAR que hay al final de los mismos. Pero atención: Si deseas firmarlos electrónicamente debes «IMPRIMIR» como PDF los formularios para que los datos queden permanentemente unidos a él. Windows 10 y 11 ya tienen una forma de hacer eso. Si no es tu caso, bájate ► este programa que simula ser una impresora que te convierte lo que deseas imprimir en PDF. Firma este PDF.

Desde hoy mismo podéis comenzar a trabajar juntos en la preparación de vuestro trabajo audiovisual. La fecha límite de presentación es el 30 de abril de 2026.

Manteneos muy atentos a las redes sociales del CAA @CAudiovisualAnd y a la web www.consejoaudiovisualdeandalucia.es ya que serán los principales canales de comunicación entre el organizador  y los participantes.

PASO 1:

  • Cumplimenta el Anexo I: Solicitud de participación
  • Imprímelo como PDF
  • Resérvalo.

PASO 2:

  • Cumplimenta el Anexo II: Descripción detallada de la actividad presentada
  • Imprímelo como PDF
  • Resérvalo.

PASO 3:

  • Cumplimenta el Anexo III: Consentimiento expreso para el uso y difusión de la imagen de menores.
  • Imprímelo como PDF
  • Ve al paso 4

PASO 4:

  • Utiliza la aplicación AutoFirma para firmar electrónicamente los PDF. Si no sabes cómo hacerlo, consulta el tutorial pulsando el botón de la derecha.

PASO 5:

  • Accede a la Ventanilla Electrónica de la Junta de Andalucía y clica sobre el enlace «Presentación Electrónica General». Cumplimenta el formulario y añade los tres documentos firmados de los pasos 1, 2 y 3.