Motivo de queja
En la queja se indicaba que esta televisión no atiende a criterios mínimos de pluralismo, siendo sus emisiones parciales, dándose voz única y exclusivamente a la agenda de la Alcaldía y concejales que integran el equipo de Gobierno municipal, y excluyendo a otras fuerzas políticas y agentes sociopolíticos. Igualmente la persona reclamante exponía sus dudas referidas a la legalidad de las emisiones de esta televisión y en relación con la existencia de la pertinente concesión administrativa, solicitando al Consejo un informe donde se detalle la sociedad con la que opera, sus estatutos, presupuestos anuales, recursos y personal.
Acuerdo adoptado
El Consejo advierte a Onda Castilblanco que tiene el deber de respetar en su programación informativa el pluralismo existente en la sociedad, garantizando que los grupos políticos que conforman la oposición municipal vean también reflejadas sus ideas, proyectos y puntos de vista sobre los asuntos de la actualidad que se abordan, y recuerda al prestador que ya en 2011 se detectó un importante desequilibrio en la pluralidad del medio que no se ha corregido desde entonces.
El Consejo no es competente en lo relativo a la situación administrativa de esta televisión municipal ni tampoco procede la realización de un informe sobre la gestión del servicio.