El anteproyecto de la nueva Ley General de Comunicación Audiovisual, un texto necesario que llega con limitaciones

La vigente Ley General de Comunicación Audiovisual data de marzo de 2010, es decir, ha cumplido una década. En principio diez años no parece ser un periodo suficientemente largo para justificar una nueva ley general del sector, pero ocurre que estamos ante un ámbito en rápida y permanente transformación y, también, que la legislación española tiene asimismo el reto de adaptarse a la normativa europea, la Directiva 2018/1808 sobre servicios de comunicación audiovisual, que plantea cuestiones como las plataformas de intercambio de vídeos, que obligan a esa nueva redacción y lo hace además con urgencia.

El Gobierno ha redactado con rapidez el correspondiente anteproyecto de ley y ha iniciado el trámite de audiencia e información pública con un periodo de alegaciones sensiblemente corto, que concluyó a principios del pasado diciembre. Esta primera redacción de la futura ley, sin duda minuciosa, con más del doble de articulado de la que se quiere sustituir, brinda sobre todo dos percepciones: Estamos ante un texto que ignora a las comunidades autónomas en el ámbito de la comunicación audiovisual, donde justo tan amplio papel desempeñan, y al mismo tiempo otorga un papel relevante a la autorregulación en el sector, lo que no coincide con la experiencia de varias décadas.

El texto va a tener, inevitablemente, una inmediata repercusión en la regulación audiovisual andaluza. Pero lo primero que se constata es que no hay un reconocimiento de las competencias de las comunidades y de las autoridades reguladoras independientes autonómicas, como el Consejo Audiovisual de Andalucía y el Consejo Audiovisual de Cataluña. Solo se alude y contempla la Comisión Nacional del Mercado y la Competencia, de ámbito estatal. El artículo 69.4 del Estatuto de Autonomía, recordémoslo, señala que «corresponde a la comunidad autónoma la competencia compartida sobre ordenación y regulación y control de los servics de comunicación audiovisual».

El anteproyecto deja prácticamente en manos de la autorregulación y la corregulación por parte del propio sector el establecimiento de medidas y mecanismos parar proteger, por ejemplo, los derechos de los menores o de personas con discapacidad. La experiencia demuestra que la autorregulación  ha ofrecido muchas carencias en España, bien percibidas por la opinión pública. Es significativo que el Barómetro Audiovisual de Andalucía, encuesta anual del Consejo Audiovisual de Andalucía, registre sistemáticamente la queja de la sociedad andaluza sobre los contenidos de los canales de televisión, en términos además muy contundentes. Todos somos conscientes de la relevancia de contenidos audiovisuales con conductas sexistas o discriminatorias. Y la frecuente  ignorancia de compromisos adquiridos. Los medios pueden desempeñar un deseable complemento en la regulación, pero no sustituir a las organizaciones que garantizan esa protección. Es inquietante, en esa misma línea, que desaparezca del régimen sancionador el incumplimiento de resoluciones de la autoridad audiovisual en pro del pluralismo.

Una legislación como la que se dibuja no puede cercenar ni vaciar las competencias autonómicas. Reconocemos la importancia de la irrupción de internet en nuestras vidas, su incidencia en la realidad audiovisual, pero ello no puede significar la exclusión de las comunidades de ese ámbito hoy tan decisivo. ¿No tienen nada que hacer y decir las comunidades, por ejemplo, en la inquietante evolución de la publicidad -que llega vía audiovisual sobre todo- de los juegos de azar orientada a los jóvenes? ¿Van ser solo los prestadores los obligados a la protección de los jóvenes, descrita con amplitud en el título VI del anteproyecto?

Las competencias de las comunidades lo son con independencia de las tecnologías empleadas. El legislador debe buscar la colaboración y la complementariedad, lo que el texto propuesto no hace. Y aquí no se trata de ignorar o suplir al Estado, sino de actuar al unísono. Que el acceso a internet sea posible desde cualquier territorio no exige desplazar la competencia al Estado. Sería además un criterio peligroso, porque hoy muchas competencias y actividades autonómicas pueden ejercerse por vía telemática desde cualquier punto del territorio nacional o incluso fuera. Reservarlas al Estado sería, además de innecesario, vaciar la propia autonomía. 

Anrtonio Checa Godoy

Presidente del Consejo Audiovisual de Andalucía

Es un concurso escolar que anualmente celebra el Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA), en colaboración con la Fundación Cajasol,  la Radio-Televisión Andaluza (RTVA) y el Parque Temático Isla Mágica, para fomentar la alfabetización mediática en los centros escolares de Andalucía.

Pueden participar los alumnos de Educación Primaria, Secundaria y Postobligatoria de todos los centros educativos andaluces. Si perteneces a estas etapas educativas y te organizas con  tu clase con la ayuda de un profesor, ya casi estás. El plazo límite para presentar los vídeos es el 30 de abril de 2026. Cada centro podrá presentar vídeos en todas las categorías, con un máximo de 2 trabajos por categoría.

Debéis grabar un vídeo no superior a 5 minutos donde se traten asuntos relacionados con la alfabetización mediática, es decir, donde se muestren las posibilidades educativas de Internet, los riesgos que tienen las redes sociales (también las posibilidades que ofrecen cuando se les da un buen uso) o también las consecuencias que nos encontramos cuando hay abuso en el uso de las pantallas: acoso escolar, sobre-exposición, sexting, grooming, aislamiento de la sociedad, dependencia del teléfono móvil, etc… El vídeo puede presentar cualquier formato audiovisual: un corto, un anuncio, una entrevista, un documental o una «performance» innovadora y creativa.

El vídeo realizado deberá subirse a la plataforma YouTube, indicando la URL del vídeo en la solicitud de inscripción.

No, puesto que al publicar vuestro vídeo en la plataforma de vídeos compartidos YouTube y registrar la documentación necesaria en el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía, no es necesario el desplazamiento.

Sin problemas, pulsando el botón GUARDAR que hay al final de los mismos. Pero atención: Si deseas firmarlos electrónicamente debes «IMPRIMIR» como PDF los formularios para que los datos queden permanentemente unidos a él. Windows 10 y 11 ya tienen una forma de hacer eso. Si no es tu caso, bájate ► este programa que simula ser una impresora que te convierte lo que deseas imprimir en PDF. Firma este PDF.

Desde hoy mismo podéis comenzar a trabajar juntos en la preparación de vuestro trabajo audiovisual. La fecha límite de presentación es el 30 de abril de 2026.

Manteneos muy atentos a las redes sociales del CAA @CAudiovisualAnd y a la web www.consejoaudiovisualdeandalucia.es ya que serán los principales canales de comunicación entre el organizador  y los participantes.

PASO 1:

  • Cumplimenta el Anexo I: Solicitud de participación
  • Imprímelo como PDF
  • Resérvalo.

PASO 2:

  • Cumplimenta el Anexo II: Descripción detallada de la actividad presentada
  • Imprímelo como PDF
  • Resérvalo.

PASO 3:

  • Cumplimenta el Anexo III: Consentimiento expreso para el uso y difusión de la imagen de menores.
  • Imprímelo como PDF
  • Ve al paso 4

PASO 4:

  • Utiliza la aplicación AutoFirma para firmar electrónicamente los PDF. Si no sabes cómo hacerlo, consulta el tutorial pulsando el botón de la derecha.

PASO 5:

  • Accede a la Ventanilla Electrónica de la Junta de Andalucía y clica sobre el enlace «Presentación Electrónica General». Cumplimenta el formulario y añade los tres documentos firmados de los pasos 1, 2 y 3.