El CAA constata el cumplimiento del Código de Conducta Comercial de la RTVA en el 93% de sus anuncios emitidos

El Consejo insta al prestador autonómico a corregir desajustes en la televenta, detectados en el 74% de estos mensajes publicitarios

El Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) ha constatado un alto grado de cumplimiento del Código de Conducta Comercial de la RTVA en la publicidad emitida durante 2020 tanto por Canal Sur TV como por Andalucía TV. El 93% de los anuncios –un 95% si se atiende al número de emisiones de los mismos- se ajustan a lo establecido en este reglamento, lo que supone un avance de 5 puntos respecto a 2019, aunque el CAA insta al prestador a que no baje la guardia y, en la medida de lo posible, aumente la vigilancia para acercarse a un cumplimiento completo.

En su informe anual de seguimiento del Código de Conducta Comercial de la RTVA, el Consejo ha detectado igualmente que el 74% de los anuncios de televenta no respeta alguna de las normas que regulan la transparencia y que obligan a mencionar el precio al contado o a plazos y sus condiciones económicas, las condiciones de envío a domicilio y las de garantía y devolución. De esta forma, y aunque se mejoran los datos del año anterior (95%), el pleno de CAA ha decidido pedir a la RTVA que tome medidas para corregir esta situación.

Para la elaboración de este informe, el CAA ha analizado la totalidad de las comunicaciones comerciales emitidas por los dos canales de televisión de la RTVA en los bloques publicitarios, así como una muestra del resto de mensajes comerciales ofrecidos en el interior de los programas (telepromociones, emplazamientos de productos, sobreimpresiones, publicidad virtual y reloj/marcador).

De esta forma, se han examinado 1.690 anuncios diferentes correspondientes a 86.153 emisiones, de las cuales 80.662 han sido spots y el resto han sido comunicaciones comerciales de televenta, patrocinio, publirreportajes, morphing y otros. También se han catalogado los ‘Avance de Programación’, espacios de autopromoción del prestador, que han sido 28.325.

El número de anuncios emitidos en bloques publicitarios que no respeta alguna de las normas del Código de Conducta ha sido 114, lo que supone un 6,75% del total de los mensajes analizados y un 5,25% de las emisiones. El código consta de siete apartados que, de forma transversal, regulan diferentes aspectos de la publicidad, y aunque todas las emisiones analizadas respetan las normas relativas a los ‘Principios generales’, los desajustes detectados corresponden a los apartados de ‘Protección de la infancia y la adolescencia’ (2), ‘Protección de la Salud’ (8), ‘Publicidad de bebidas alcohólicas’ (9), ‘Televenta’ (65), ‘Patrocinio’ (2), ‘Textos escritos’ (21) y ‘Otros’ (10).

Además, 37 telepromociones, 14 sobreimpresiones, 7 comunicaciones comerciales de tipo reloj/marcador y un emplazamiento tampoco se ajustan a las normas del Código de Conducta Comercial de la RTVA.

Por sectores y emisiones, el mayor número de desajustes con lo dispuesto en la normativa se localizan en los anuncios de ‘Belleza e Higiene’, ‘Hogar’ y ‘Limpieza’, seguido de ‘Deportes y Tiempo Libre’, ‘Distribución y Restauración’, ‘Objetos personales’ y ‘Bebidas’.

Televenta

Asimismo, en tipología de comunicaciones comerciales, la televenta destaca como el formato menos adaptado a las exigencias del Código de Conducta. El CAA ha hallado así irregularidades en 65 de los 88 anuncios analizados: 65 no han incluido las condiciones de devolución, 64 las estipulaciones de garantía, 29 las condiciones de envío y  8 las de precio y económicas.

Por otro lado, el pleno del Consejo Audiovisual de Andalucía ha señalado a la RTVA que debe respetar el límite de dos minutos por hora de autopromociones establecido en el Código de Conducta. También se indica al prestador que debería ajustarse a los 8 minutos por hora de reloj de emisión de publicidad en horario de protección reforzada.

Igualmente, el CAA recuerda a la RTVA la obligatoriedad de solicitar de la autoridad regulatoria el informe preceptivo sobre la no consideración como mensaje publicitario de las comunicaciones comerciales de servicio público o carácter benéfico, de acuerdo con la  Ley General de la Comunicación Audiovisual. Y es que se ha detectado que en algunas horas hay un exceso de tiempo dedicado a la publicidad, si bien es cierto que coincide con la emisión de programas especiales dedicados a UNICEF o a Ayuda en Acción, espacios en los que se emiten constantemente mensajes publicitarios de carácter benéfico que podrían no tener la consideración de publicidad a los efectos del cómputo.

Sobre el Código de Conducta Comercial

El Código de Conducta Comercial es revisado y aprobado periódicamente por el Consejo de Administración de la RTVA, que se responsabiliza de su control interno. Los prestadores del servicio de comunicación audiovisual tienen derecho a aprobar sus propias normas de autorregulación de los mensajes publicitarios adoptando criterios y estándares que, entre otras cuestiones, introduzcan compromisos éticos y modos de afrontar algunos problemas de interpretación de las leyes. No suplen en ningún caso la legislación vigente, más bien la complementan o incorporan mayores exigencias, por lo que deben respetar las normas de obligado cumplimiento establecidas en el marco jurídico aplicable.

La última versión del Código de la RTVA fue aprobada en mayo del 2020, derogando la anterior de enero de 2017, por lo que para este informe de seguimiento se han tenido en cuenta ambas normas. El Consejo Audiovisual de Andalucía tiene encomendada por ley la función de control externo del cumplimiento de este código.

Es un concurso escolar que anualmente celebra el Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA), en colaboración con la Fundación Cajasol,  la Radio-Televisión Andaluza (RTVA) y el Parque Temático Isla Mágica, para fomentar la alfabetización mediática en los centros escolares de Andalucía.

Pueden participar los alumnos de Educación Primaria, Secundaria y Postobligatoria de todos los centros educativos andaluces. Si perteneces a estas etapas educativas y te organizas con  tu clase con la ayuda de un profesor, ya casi estás. El plazo límite para presentar los vídeos es el 30 de abril de 2026. Cada centro podrá presentar vídeos en todas las categorías, con un máximo de 2 trabajos por categoría.

Debéis grabar un vídeo no superior a 5 minutos donde se traten asuntos relacionados con la alfabetización mediática, es decir, donde se muestren las posibilidades educativas de Internet, los riesgos que tienen las redes sociales (también las posibilidades que ofrecen cuando se les da un buen uso) o también las consecuencias que nos encontramos cuando hay abuso en el uso de las pantallas: acoso escolar, sobre-exposición, sexting, grooming, aislamiento de la sociedad, dependencia del teléfono móvil, etc… El vídeo puede presentar cualquier formato audiovisual: un corto, un anuncio, una entrevista, un documental o una «performance» innovadora y creativa.

El vídeo realizado deberá subirse a la plataforma YouTube, indicando la URL del vídeo en la solicitud de inscripción.

No, puesto que al publicar vuestro vídeo en la plataforma de vídeos compartidos YouTube y registrar la documentación necesaria en el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía, no es necesario el desplazamiento.

Sin problemas, pulsando el botón GUARDAR que hay al final de los mismos. Pero atención: Si deseas firmarlos electrónicamente debes «IMPRIMIR» como PDF los formularios para que los datos queden permanentemente unidos a él. Windows 10 y 11 ya tienen una forma de hacer eso. Si no es tu caso, bájate ► este programa que simula ser una impresora que te convierte lo que deseas imprimir en PDF. Firma este PDF.

Desde hoy mismo podéis comenzar a trabajar juntos en la preparación de vuestro trabajo audiovisual. La fecha límite de presentación es el 30 de abril de 2026.

Manteneos muy atentos a las redes sociales del CAA @CAudiovisualAnd y a la web www.consejoaudiovisualdeandalucia.es ya que serán los principales canales de comunicación entre el organizador  y los participantes.

PASO 1:

  • Cumplimenta el Anexo I: Solicitud de participación
  • Imprímelo como PDF
  • Resérvalo.

PASO 2:

  • Cumplimenta el Anexo II: Descripción detallada de la actividad presentada
  • Imprímelo como PDF
  • Resérvalo.

PASO 3:

  • Cumplimenta el Anexo III: Consentimiento expreso para el uso y difusión de la imagen de menores.
  • Imprímelo como PDF
  • Ve al paso 4

PASO 4:

  • Utiliza la aplicación AutoFirma para firmar electrónicamente los PDF. Si no sabes cómo hacerlo, consulta el tutorial pulsando el botón de la derecha.

PASO 5:

  • Accede a la Ventanilla Electrónica de la Junta de Andalucía y clica sobre el enlace «Presentación Electrónica General». Cumplimenta el formulario y añade los tres documentos firmados de los pasos 1, 2 y 3.