El Pleno del CAA, en sesión ordinaria celebrada el 31 de octubre de 2012, decidió solicitar a Editorial Prensa Alicantina S.A. la remisión de cuanta información sea necesaria para aclarar la existencia o no de negocio jurídico que afecte a la licencia otorgada en su día, el consentimiento y/o conocimiento de las emisiones de Maria Visión o Astrocanal, así como cuantos extremos se entiendan necesarios.
De acuerdo a lo dispuesto en los apartados 3 y 4 del art. 10 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual y 27 del Reglamento Orgánico y de Funcionamiento del Consejo, la información debe remitirse en un plazo máximo de treinta días naturales desde la recepción del escrito correspondiente. Al respecto, se recuerda la obligación que tienen los prestadores del servicio televisivo de facilitar la información solicitada por la autoridad audiovisual competente para el adecuado ejercicio de sus funciones.