Decisión 74/2014 por la que se advierte a Ondaluz Málaga de la inserción de publicidad en informativos de duración inferior a 30 minutos

El Consejo Audiovisual de Andalucía ha decidido advertir al prestador Alternativas de Medios Audiovisuales, S.A. (Ondaluz Málaga) de que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 14 de la Ley General de Comunicación Audiovisual, la transmisión de programas informativos televisivos no podrá ser interrumpida por mensajes publicitarios si su duración es inferior a treinta minutos.

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