El Consejo Audiovisual de Andalucía ha acordado, teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ley 1/2004, de 17 de diciembre, interesar a la Dirección General de Comunicación Social de la Consejería de Presidencia de la Junta de Andalucía para que, si acredita la veracidad de lo expuesto, adopte las medidas correctoras ante una conducta contraria a lo dispuesto en el Decreto 174/2002, de 11 de junio, que regula el régimen de concesión de emisoras de radiodifusión sonora y en la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de Comunicación Social.