DECISIÓN 57/2017 sobre comunicaciones comerciales de actividades de juegos de azar

El CAA insiste en la necesidad de que nuestro país afronte la regulación, mediante Ley, de la publicidad de juegos de azar para establecer un marco jurídico de obligado cumplimiento que garantice una promoción responsable de las actividades de juego, desde la perspectiva de la necesaria protección de los menores de edad, la salvaguarda de otros colectivos vulnerables y la prevención de las ludopatías.
El Código de Conducta Comercial sobre esta actividad, adoptado en el contexto de la autorregulación, expone a los menores y a otros colectivos vulnerables a mensajes publicitarios que fomentan los juegos de azar y las apuestas deportivas. Tampoco se está garantizando el estricto respeto de las normas establecidas en el código sino que, al contrario, se observa una relajación en el seguimiento de los principios y acuerdos que persiguen el ejercicio responsable de una actividad que puede generar adicciones y que está vetada a los menores de edad.

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