Decisión 15/2022 por la que se efectúa un segundo requerimiento de cese de comunicaciones comerciales de bebidas alcohólicas de menos de 20º en horario no permitido a Canal Sur TV


El Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) ha realizado un segundo requerimiento a la RTVA (Canal Sur TV) para que cese la emisión de comunicaciones comerciales de menos de 20º en horario no permitido, ya que, de conformidad con lo establecido en el artículo 18.3 d) de la Ley General de la Comunicación Audiovisual (LGCA), está prohibida la comunicación comercial televisiva de bebidas alcohólicas de este tipo fuera de la franja de tiempo comprendida entre las 20.30 y las 6.00 horas del día siguiente. También se advierte al prestador público autonómico de que el incumplimiento de las condiciones de emisión de las comunicaciones comerciales de bebidas alcohólicas podrá dar lugar a la incoación del correspondiente procedimiento sancionador y a la imposición de una multa de hasta 80.000 euros.