El Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) ha requerido a la entidad Televisiones Digitales de Andalucía, S.L. (Teleonuba Almonte) el cese de la publicidad de bebidas alcohólicas de menos de 20 grados fuera del horario permitido, por tratarse de publicidad prohibida de conformidad con el artículo 18.3 d) de la Ley General de la Comunicación Audiovisual (LGCA). Se advierte también al prestador de que la emisión de este tipo de comunicaciones comerciales fuera del horario permitido podrá dar lugar a la incoación del correspondiente procedimiento sancionador y a la imposición de una multa de hasta 80.000 euros.
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