Decisión 14/2016 por la que se requiere el cese de comunicaciones comerciales de bebidas alcohólicas de menos de 20 grados en horario no permitido a Interalmería TV

El Consejo Audiovisual de Andalucía ha decidido requerir a la Empresa Municipal de Televisión de Almería, Interalmería Televisión, S.A. (Interalmería) el cese de la publicidad de bebidas alcohólicas fuera del horario permitido, por tratarse de publicidad prohibida de conformidad con el artículo 18.3 d) de la LGCA.  También ha decidido advertir al prestador de que la publicidad de alcohol de menos de 20 grados está prohibida, salvo en la franja horaria establecida para ello en la LGCA, que comprende desde las 20,30 horas hasta las 6 horas del día siguiente.

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