El Consejo Audivisual de Andalucía ha decidido requerir a las entidades Unión Andaluza de Televisiones Locales, S.L. Unatel (8 TV Sevilla y 8 TV Córdoba) y Productora de Televisión de Almería, S.A. (8 TV El Ejido) el cese de publicidad de productos con pretendida finalidad sanitaria, por constituir comunicaciones comerciales ilícitas, según lo dispuesto en el Real Decreto 1907/1996, de 2 de agosto, sobre publicidad y promoción comercial de productos, actividades o servicios con pretendida finalidad sanitaria, por remisión de la LGCA. Asimismo, se advierte a los prestadores de servicios de comunicación audiovisual de que la presentación de bienes, servicios, nombre, marca o actividades de un productor de mercancías o un prestador de servicios en programas de televisión, distinta del emplazamiento del producto, con propósito publicitario, constituye un supuesto de publicidad encubierta en los términos descritos por el artículo 2.32 de la LGCA, por ser susceptible de inducir al público a error en cuanto a la naturaleza de dicha presentación.