Decisión 12/2022 por la que se requiere al prestador televisivo Mijas 3.40 el cese de comunicaciones comerciales de Posven que atribuyen propiedades sanitarias a este producto
El Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) ha requerido a la entidad Agrupación Radiofónica, S.A. (Mijas 3.40) el cese de
publicidad de productos con supuesta finalidad sanitaria, por constituir comunicaciones comerciales que contravienen lo dispuesto en el Real Decreto 1907/1996, de 2 de agosto, sobre publicidad y promoción comercial de productos, actividades o servicios con pretendida finalidad sanitaria, por remisión de la Ley General de la Comunicación Audiovisual (LGCA).


