DECISIÓN 60/2017 por la que se efectúa un segundo requerimiento de cese de comunicaciones comerciales de vinos en horario no permitido a TV Jerez
Requerir nuevamente a 8 TV Jerez el cese de las comunicaciones comerciales de vinos en horario no permitido, ya que, de conformidad con lo establecido en el artículo 18.3 d), está prohibida la comunicación comercial televisiva de bebidas alcohólicas con un nivel inferior a veinte grados fuera de la franja de tiempo entre las 20,30 …